la nueva resolucion
La Región Toscana, con la resolución 1394, también ha aprobado este año la acuerdos recíprocos con las Regiones de Umbría y LacioEsta resolución define los procedimientos para permitir los intercambios entre cazadores toscanos y de las dos regiones limítrofes mencionadas. Esto permitirá a los cazadores adquirir veinte días de rececho de aves migratorias mediante el pago de una tasa de 35 euros mediante un formulario especial.
Toscana
La Región Toscana permite, con prioridad, la caza en su territorio a los cazadores procedentes de la Región de Umbría con
los siguientes métodos:
– Admisión prioritaria de solicitudes de registro en las ATC de Umbría para cazadores, hasta un máximo de 700, dentro de los límites establecidos por la normativa de registro en las ATC de Toscana. Estas inscripciones permiten a los cazadores umbros cazar todas las especies incluidas en el calendario cinegético de su ATC de elección.
a partir de la fecha indicada en el punto A;
Los cazadores interesados deben presentar una solicitud a la ATC de su elección dentro de los plazos establecidos por la legislación autonómica. La notificación de admisión al acceso diario y el pago de la tasa de inscripción constituyen prueba de los derechos de caza.
– puesta a disposición, previa reserva, de las plazas diarias disponibles de conformidad con el DPGR 36/R/2022 garantizando, si se solicita, un mínimo de 1000 plazas reservadas para los cazadores de Umbría, para utilizar en los ATC de Toscana a partir del 2 de octubre hasta el final de la temporada de caza para la caza de animales migratorios de
vigilancia;
– se establece que, en virtud de un acuerdo recíproco, para la temporada de caza 2025/2026, los cazadores de Umbría que se beneficien de un acceso diario equivalente a veinte días en total en Toscana pagarán una tasa de 35,00 euros.
Umbria
La Región de Umbría permite a los cazadores de la Toscana como prioridad, cazar en su territorio de las siguientes maneras:
– Admisión prioritaria de solicitudes de registro en las CTA de Cazadores de Toscana, hasta un máximo de 700, dentro de los límites de las plazas reservadas establecidas por la normativa de registro en las CTA de Umbría. Estas inscripciones permiten a los cazadores de Toscana cazar todas las especies incluidas en la CTA de su elección.
Los cazadores interesados deberán presentar su solicitud al Comité de Gestión del ATC dentro de los plazos establecidos por el Reglamento Regional 6/2008. La notificación de admisión y el pago de la cuota de participación constituyen prueba de los derechos de caza.
– puesta a disposición de 3.989 plazas, a utilizar con reserva, en los ATC de Umbría por cazadores toscanos junto con cazadores de otras regiones con las que se han establecido acuerdos similares, de la siguiente manera: ATC n.º 1 hasta 1.580 plazas, ATC n.º 2 hasta 1.409 plazas, ATC n.º 3 hasta 1.000 plazas, para un máximo de 20 días de caza total de animales migratorios desde un escondite;
– se establece que, en virtud de un acuerdo recíproco, para la temporada de caza 2025/20265, los cazadores toscanos que se beneficien de la movilidad cinegética en Umbría pagarán una tasa de 35 euros.
Lazio
La Región Lacio, en las relaciones especificadas a continuación, permite la caza en su territorio a los cazadores procedentes de la Región Toscana con carácter prioritario y en las siguientes condiciones:
Admisión prioritaria, dentro de los límites establecidos por la normativa para la inscripción de cazadores toscanos en un ATC del Lacio que no sea una residencia de caza. Para estas inscripciones como ATC adicional, se aplican las siguientes disposiciones respecto al primer día de caza disponible: «En caso de coincidencia horaria, los cazadores toscanos podrán acceder a los ATC de la Región del Lacio a partir del tercer domingo de septiembre».
Los cazadores interesados deberán presentar una solicitud dentro de los plazos establecidos por la legislación autonómica. La notificación de admisión y el pago de la tasa de inscripción otorgan el derecho a practicar la caza.
• puesta a disposición de 965 plazas diarias a los cazadores toscanos, para la caza móvil de animales migratorios desde los escondites de los CTA de Lacio, a partir del 1 de octubre de 2025 hasta el 31 de enero de 2026, por un máximo de 18 días por cazador, previa reserva según el protocolo técnico adjunto, elaborado por las oficinas regionales competentes;
• se establece que, en virtud de un acuerdo recíproco, para la temporada de caza 2025/2026, los cazadores toscanos que se beneficien de la movilidad cinegética en el Lacio pagarán una tasa de 35,00 euros (según lo establecido por los CTA del Lacio).





































