plan extraordinario
Informamos a continuación de la nota difundida por las asociaciones de caza que integran la Sala de Control de la Toscana, es decir, Libera Caccia, Enalcaccia, Italcaccia y Arci Caccia: “En los últimos días se dio a conocer la nueva versión del plan extraordinario para el manejo y contención de la fauna silvestre de conformidad con el artículo 19 ter de la Ley 157 de 1992”.
Registro regional
“El punto 7.2, letra E, establece expresamente: 'El agente responsable podrá, a su sola discreción, hacerse ayudar por cazadores formados en la especie objeto de la intervención, inscritos en un registro autonómico específico'.
“Capitanes de los barcos de vapor”
“Esta elección, que podemos compartir también en el principio de salvaguardar la seguridad, en algunas zonas del territorio toscano está creando pequeños equipos de unos pocos amigos que se transforman en propietarios de pequeños barcos de vapor. Por este motivo, queremos solicitar a la Región una circular interpretativa que regule la participación de los operadores autorizados, garantizando a todos aquellos que se pongan a disposición poder participar en las actividades de contención de la fauna”.