controversia política
Reproducimos a continuación la intervención de hoy de Francesco Lollobrigida, Ministro de Agricultura, sobre la cuestión planteada por el Honorable Zanella reforma de la Ley 157 de 1992Quisiera aclarar que los rumores que circulan en algunos periódicos, a los que se refiere el autor de la pregunta, no se sustentan en el texto final de la propuesta legislativa. Esto sugiere que el objetivo era únicamente avivar la controversia política, basándose en información no verificada, y ofrecer una visión prejuiciosa de la actuación del Gobierno. El Ministerio actuó siguiendo instrucciones específicas de numerosos ayuntamientos, cinco consejos regionales, la Conferencia de Regiones y Provincias Autónomas y, en particular, basándose en una ley política del Parlamento italiano que, en la última legislatura, aprobó un informe que comprometía explícitamente al Gobierno a revisar el marco regulatorio a partir de la Ley n.º 157 de 1992. Se trata del «caso asignado sobre daños causados a la agricultura por la presencia excesiva de fauna silvestre», Ley n.º 337, examinado por la Comisión de Agricultura del Senado de la República.
21 indicaciones específicas
La ley, aprobada por los órganos parlamentarios competentes sin votos en contra, constaba de 21 indicaciones específicas, muchas de las cuales se incorporaron al texto del proyecto de ley. Para mayor claridad, con base en las mismas directrices, el entonces ministro Patuanelli emitió una opinión favorable sobre 15 de los 21 puntos, remitiendo a la opinión de la Comisión los 6 restantes, que fueron aprobados en su totalidad, repito, sin votos en contra. En cuanto a un compromiso del Parlamento, el Gobierno debe actuar en consecuencia, por lo que tengo la intención de informar al Consejo de Ministros sobre los avances realizados y de brindar a todas las fuerzas políticas la posibilidad de actualizar la Ley 157 de 1992, que contiene disposiciones para la protección de la fauna silvestre homeotermica y para la caza, según lo propuesto por ellas.
Las razones de la aceleración
“Las razones que nos llevaron a acelerar la elaboración del proyecto de ley son las citadas en la ley aprobada por el Senado; la proliferación incontrolada de la fauna silvestre produce:
Daños ecológicos y ambientales resultantes de alteraciones de los ecosistemas que provocan desequilibrios entre especies;
Riesgos sanitarios debidos a la propagación de epizootias como la peste porcina africana (PPA);
Daños a la actividad agraria derivados de la excesiva presencia de fauna silvestre, especialmente ungulados como los jabalíes, que dificulta el propio ejercicio de la actividad agraria;
Problemas civiles y sociales derivados de la gestión de acciones de indemnización contra criadores y agricultores perjudicados por la fauna silvestre;
Peligro para la seguridad pública por la ocurrencia de accidentes de tránsito, incluso mortales.
Entrando en el contexto de la polémica y dejando luego al Parlamento la posibilidad de discutir el fondo del artículo, es evidentemente útil disipar algunas dudas.
Negaciones en abundancia
No es cierto que se prevea la expansión de las especies que pueden utilizarse en la caza como señuelos vivos. Las especies que pueden utilizarse siguen siendo las permitidas por la legislación vigente. No es cierto que haya cambios en los méritos de los "roccoli" o, mejor dicho, las instalaciones de captura, sino que solo se están interviniendo las competencias de los distintos niveles de gobierno para que sean coherentes con los cambios ocurridos en las estructuras institucionales tras la revisión del Título V de la Constitución y la aprobación de la Ley Delrio. No es cierto que se permita la caza en las zonas marítimas estatales, y mucho menos en aquellas frecuentadas con fines recreativos o de senderismo. ¡Decir que se podrá cazar en la playa es simplemente una noticia falsa!
El proceso parlamentario
No es cierto que se estén modificando los horarios de caza. Al contrario, se planificarán intervenciones que, incluso ante el cambio climático, flexibilizarán la elaboración de calendarios de caza basados en elementos científicos actualizados y coherentes, respetuosos con la gestión del patrimonio natural. Obviamente, el texto no puede corresponder a principios contrarios a las normas constitucionales, y quiero señalar que se ajusta plenamente a los dictados europeos. Este texto es el resultado de un debate con el ministerio competente. Nuestro modelo democrático prevé un proceso parlamentario y habrá un amplio debate en el Parlamento con asociaciones de todo tipo, que no excluyo, incluso como ministerio, con asociaciones de medio ambiente, de derechos de los animales, de caza científica y todas las demás implicadas en la reforma del artículo 157 que pretendemos impulsar.