Cambios a aprobar
El Consejo Regional, en cumplimiento de la Ordenanza núm. 543 de 7 de septiembre de 2023, aprobará el cambio de fecha de apertura de la temporada de caza a la fauna sedentaria y migratoria y permitir únicamente un día adicional a su elección cada semana para la caza únicamente de fauna migratoria, desde un puesto fijo o temporal, del 1 de octubre al 30 de noviembre.
orden alquitrán
Esta disposición es necesaria para aplicar la orden adoptada por el Tribunal Administrativo Regional de Emilia-Romaña, sede de Bolonia, que suspendió cautelarmente el Calendario de Caza en la parte en la que no se ajustaba al dictamen emitido por Ispra, limitado a los siguientes aspectos:
aplazamiento de la apertura de la temporada de caza al 1 de octubre;
reducción de dos a sólo un día adicional por semana en la caza de aves migratorias en emboscada en octubre y noviembre;
cierre temprano para varias especies migratorias.
El ajuste es necesario para evitar incurrir en responsabilidad por daño fiscal, pero la Región recurrirá ante el Consejo de Estado, como ya comunicó y, a la espera de más detalles, se ha decidido por el momento no dar seguimiento a la solicitud de adelantar el cierre de la caza de especies migratorias.
¿Qué hay de nuevo en la resolución?
En cualquier caso, se adelantan brevemente las novedades de la resolución que hoy se aprobará:
inicio de la temporada de caza de animales residentes y migratorios en ATC y AFV el 1 de octubre;
se concede un único día adicional a su elección cada semana para caza migratoria únicamente, desde un puesto fijo o temporal, del 1 de octubre al 30 de noviembre;
Se prorroga hasta el jueves 28 de septiembre la caza preapertura de urraca, arrendajo, cuervo tocador, paloma torcaz y mirlo, según los procedimientos ya establecidos mediante la resolución núm. 812/2023 para la preapertura a estas especies: dos días fijos (jueves y domingo), únicamente a partir de replanteos y hasta las 13,00 horas. Recordar que para los mirlos se permite la recolección durante un máximo de 3 días por cazador y con una bolsa de caza máxima diaria de 5 animales;
adiestramiento canino que se prolongará hasta el jueves 28 de septiembre en los días y horarios en que no esté permitida la caza, con exclusión de la caza selectiva de ungulados, sin perjuicio de la prohibición los martes y viernes; por lo que también se podrá practicar los jueves y domingos al finalizar la actividad cinegética (después de las 13 horas);
confirmación de cualquier otra disposición prevista en la resolución del Consejo Regional n. 812 de 22 de mayo de 2023, con el que se aprobó el “Calendario regional de caza - Temporada 2023/2024”, al no estar sujeto a suspensión por la citada ordenanza TAR.
Además, les informamos que se ha iniciado el trámite para solicitar a Ispra poder ampliar diez días más el período de caza fija durante el mes de diciembre y, en caso de dictamen favorable, se adoptarán nuevas medidas. a este respecto.
Ungulados y excepciones
Finalmente, cabe señalar que la caza de ungulados continúa según el calendario de caza aprobado y los planes de recolección relacionados; así como no hay cambios en cuanto al muestreo en derogación de las especies "estornino" y "paloma", que continúa según las Resoluciones del Consejo Regional núms. 1102/2023, 1103/2023 y 1118/2023, según los tiempos del calendario cinegético 2023-24.