Novedades sobre la ley 57 de 1992
“La aprobación de mi enmienda a la ley de Presupuesto sobre calendarios de caza Se trata de un importante paso adelante para dar mayor claridad al sector de la caza. De hecho, se modifica la ley 157/1992, previendo que la legitimación y autorización de la actividad cinegética, por ley, se aplica a cada año cinegético y, sobre todo, interviniendo en materia de impugnación de calendarios cinegéticos". Así en una nota el Excmo. Maria Cristina Caretta de Fratelli d'Italia, vicepresidenta de la Comisión de Agricultura en Montecitorio.
Inserción de estacas
“Como bien sabemos, de hecho, muchas veces el desafío del calendario antes de la TAR representa una estrategia obstruccionista para perjudicar el desarrollo regular de las actividades cinegéticas. Con la aprobación de mi enmienda, se introducirán algunos límites."
El último calendario aprobado
“En primer lugar, 30 días desde la publicación del calendario cinegético para su impugnación, el reconocimiento de las asociaciones de cazadores como partes en el proceso y, por último, la garantía del ejercicio regular de la actividad cinegética aunque se acepte la solicitud cautelar , hasta la publicación de la sentencia que defina su mérito, tomando como referencia el último calendario cinegético legítimamente aprobado. Aún queda mucho por hacer, pero es un primer paso para dar respuestas a los profesionales de la naturaleza que trabajan con determinación para garantizar el mantenimiento de nuestro patrimonio faunístico."