Rutas migratorias
Los Jueces, al momento de redactar la sentencia, consideraron necesario solicitar al Director del ISPRA, Piero Genovesi, Comisario designado para identificar a los cruces “afectados por las rutas migratorias” a los que por ley se les debe prohibir la caza, para aportar aclaraciones. Por una parte, de hecho, con un documento técnico el ISPRA ha adjuntado una lista de 475 pasos de montaña en Lombardía "afectados por rutas migratorias", incluyendo en esta lista también los pasos que se encuentran dentro de áreas de 5 km x 5 km de cada lado (25 km cuadrados) en los que hay incluso solo un puesto de caza fijo. Además, el ISPRA ha aclarado que no dispone de datos específicos sobre las rutas migratorias y por ello se ha limitado a indicar los pasos donde durante la temporada puede haber presencia de algunos migrantes basándose en indicadores indirectos (como la presencia de un puesto fijo en un área de 25 kilómetros cuadrados).
Lo que pide el TAR
Por otra parte, el Comisario en su informe explicativo y final ha indicado como pasos fronterizos que deben cerrarse a la caza sólo 34 de los que figuran en la lista de 475 (19 que deben cerrarse con efecto inmediato, y de hecho ya están cerrados; 15 que deben cerrarse si no se demuestra en el plazo de dos años que no se encuentran en las rutas migratorias: estos también están casi todos ya cerrados hoy y, por tanto, se reabrirían durante al menos 24 meses...). El TAR pide ahora al Comisario que explique por qué de 475 pasos fronterizos sólo se deberían cerrar estos, ya que en su informe no ha dado ninguna razón para ello. En nuestra opinión, como ya hemos ilustrado en el caso al Juez, la lista de los 475 pasos fronterizos (cuestionable incluso solo desde un punto de vista orográfico) no es la lista de los pasos fronterizos situados a lo largo de las rutas migratorias que atraviesan Lombardía, sino más propiamente solo una lista de los pasos fronterizos que caen dentro de las áreas donde es posible que durante la temporada de caza haya migrantes (de hecho toda Lombardía): esto es lo que surge de la lectura de todo el documento ISPRA.
Las motivaciones
En 15 días podremos leer las razones del Comisario y en ese momento, en la audiencia del 9 de abril, el TAR evaluará si podrá o no decidir el caso indicando a la Región qué pasos fronterizos deben cerrarse a la caza o también podrá pedir al Comisario un nuevo informe. La respuesta del Director del ISPRA será ciertamente esclarecedora en cualquier caso, pero una cosa es cierta: si una institución como el ISPRA por un lado admite no conocer las rutas migratorias y no tener datos sobre los pasos fronterizos y por otro identifica, solo en Lombardía, 475 pasos fronterizos "afectados por rutas migratorias" y las aclaraciones del Director General fueran en el sentido de que todos son relevantes a los efectos de la prohibición de caza (la Ley Nacional pretende en realidad prohibir la caza en los pasos de montaña en sentido estricto, es decir, aquellos "cuellos de botella" donde los migrantes se reúnen en gran número), el legislador no tendrá más remedio que intervenir en el ISPRA, en los pasos fronterizos, o en ambos (Fuente FEDERCACCIA LOMBARDIA).