Caza en Veneto: el TAR suspendió parcialmente el calendario de caza regional, aceptando los supuestos puntos de ilegitimidad destacados por los ecologistas recurrentes.
Ya ayer la eurodiputada por los derechos de los animales, Andrea Zanoni, se regocijó por la decisión del Tribunal Administrativo Regional de Véneto aceptar la solicitud de suspensión del Calendario de Caza 2012-2013 de la Región Veneto realizada por las asociaciones de bienestar animal ENPA, LAV, WWF, LIPU, LAC y Legambiente; hoy se hizo público el texto del decreto cautelar de 3 de octubre de 2012, número 603/2012 (n. 1378/2012 RR).
Veamos, pues, cuáles son los efectos del decreto TAR sobre la actividad cinegética en la zona del Véneto: en primer lugar, la exclusión de algunas especies de caza de algunas especies, unas veinte, de las aves migratorias consideradas de la categoría SPEC, de especial preocupación por la conservación europea, dado que la región del Véneto nunca ha aplicado planes de gestión específicos para ellos, tal como prevé la Directiva sobre aves; la prohibición de la caza se refiere, por tanto, a las especies Alondra, becada, agachadiza, agachadiza, codón, caza, perdiz de roca, urogallo negro, batidor, garganey, cucharón, pato copetudo, porrón, avefría, perdiz común, codorniz, perdiz gris y tortuga.
Otro punto crítico reconocido por los jueces de Tar se refiere al período de caza de las especies Cesena, Polla de agua, Ánade real, Focha, Carril de agua, Zorzal común y Zorzal rojo, considerado demasiado largo y coincidiendo en parte con el inicio de la migración prenupcial; para estas especies, de hecho, el cierre de la temporada de caza se adelantará al 20 de enero de 2013 respecto a la fecha del 30 de enero de 2013 prevista en el Calendario de Caza.
Además, según el decreto TAR, las aves acuáticas migratorias no pueden ser cazadas con munición de plomo, considerada tóxica, incluso fuera de las ZEPA, Áreas de Protección Especial, por lo que la prohibición se aplica a todo el territorio regional.
La misma consideración con respecto a las municiones de plomo también se aplicará a la caza de ungulados como rebecos, corzos, ciervos, jabalíes, gamos y muflones, por lo que los cazadores se verán obligados a equiparse con municiones no tóxicas más caras y difíciles de encontrar.
Finalmente, el decreto TAR también incluye el último punto crítico del Calendario de caza veneciano al imponer la prohibición de la caza en las Zonas de Especial Protección y en los Sitios de Importancia Comunitaria incluidos en la Red Natura 2000 como la Región, admitiendo la actividad cinegética en estos parajes. , no habría llevado a cabo la Evaluación de Impacto Ambiental planificada; Este último punto prohíbe a los cazadores venecianos practicar la caza en muchas áreas de la región, incluidas las colinas de Berici en la provincia de Vicenza, el delta del Po en la provincia de Rovigo, Montello, Piave y Pra 'dei Gai en la provincia de Treviso y toda la Laguna de Venecia.
Todas las prohibiciones contenidas en el decreto de suspensión del TAR estarán vigentes hasta el 30 de octubre de 2012, fecha en la que se fijó la valoración en la Sala del Consejo del recurso presentado por los defensores de los derechos de los animales y el lugar en el que el Veneto Region podrá hacer valer sus razones.
Sobre la decisión del TAR, el eurodiputado por los derechos de los animales, Andrea Zanoni, ya comentó ayer satisfecho: “El calendario de caza de Veneto viola claramente la directiva de la UE 2009/147 / CE sobre la protección de las aves. En esta ocasión la Giunta Zaia no podrá hacer bromas y los cazadores deberán atenerse al nuevo calendario modificado por el TAR salvo las fuertes sanciones previstas por la ley de caza, la 157/1992 ”.
Continuando Zanoni había criticado las declaraciones del consejero regional de caza, Daniel Stival, afirmando: "El consejero Stival evita volver a mentir a los venecianos al afirmar que el calendario de caza es legítimo y finalmente reconoce que los calendarios de caza deben hacerse como todas las demás normas en cumplimiento". con la ley y no bajo el dictado del lobby de caza. Este es el mejor regalo que podría haber llegado a todos los venecianos sensibles al medio ambiente para el día de San Francisco ”.
La respuesta del concejal Stival fue inmediata. Ayer, tras conocer la noticia de la decisión del TAR, anunció: “Ya mañana presentaremos la solicitud con la que pedimos la revocación de la suspensión concedida hoy por el TAR respecto a la 2012-2013 calendario de caza, contra el que han recurrido algunas asociaciones medioambientales ”.
Continuando con la pregunta, Stival añadió "Lo hacemos con la firme convicción de que hemos operado, este año como el anterior, en pleno cumplimiento de la normativa nacional y comunitaria vigente".
Finalmente, el comisario Stival, al anunciar la batalla, concluyó “Me parece singular que las opiniones expresamente no vinculantes de ISPRA, de hecho, lo sean en estas circunstancias. También por este motivo haremos valer nuestras razones de todas las formas legítimamente posibles ".
Publicamos a continuación el texto íntegro del decreto cautelar del Tar n. 603/2012 del 3 de octubre de 2012:
"
N. 00603/2012 REG. PROV.CAU.
N° 01378/2012 REG.RIC.
REPUBLICA ITALIANA
Tribunal Administrativo Regional de Véneto
(Seccion uno)
El Presidente
pronunciado el presente
DECRETO
sobre el número de recurso del registro general 1378 de 2012, propuesto por:
Lav Lega Antiviviszione Onlus Organización sin fines de lucro, Liga para la abolición de la caza LAC Onlus, Agencia Nacional de Protección Animal ENPA Onlus, Asociación Italiana Fondo Mundial para la Naturaleza WWF Onlus Ong, Liga Italiana para la Protección de las Aves - Lipu Birdlife Italia Onlu y Legambiente Onlus, en persona de los respectivos representantes pro tempre, representados y defendidos por el abogado. Valentina Stefutti, con domicilio de servicio en la oficina de Stefania Trivellato y Giorgio de 'Luigi, en Mestre (VE), vía Pescheria Vecchia n. 26;
contra
Región de Véneto, en la persona del Presidente del Consejo Regional, representado y defendido por el abogado. Ezio Zanon, Cristina Zampieri, Emanuele Mio, domicilio legal en Venecia, Cannaregio, 23;
hacia
Autoridad de Productores de Juegos Eps;
per l'annullamento
previa sospensione dell'efficacia,
de la DGR 12 de junio de 2012 n. 1130, con “Temporada de caza 2012/13. Aprobación del calendario de caza regional (art. 16 LR n. 50/93) "; así como cualquier acto adjunto, conectado o presupuesto.
Visti il ricorso ei relativi allegati;
Vista la solicitud de medida cautelar única propuesta por el solicitante, de conformidad con el art. 56 cod. proc. amm.;
Habiendo escuchado la Región de Véneto de conformidad con el art. 56, c. Segundo, cpa;
Dada la ley marco 157/92, modificada por el art. 42 de la Ley 96/2010;
Teniendo en cuenta las directivas comunitarias llamadas "Aves" y "Hábitats", los documentos del Comité Ornis y las sentencias del Tribunal de Justicia de la CE 15/70/2010 n. C-573/08 y 19.1.1994 n. 435/92;
Teniendo en cuenta los documentos emitidos por ISPRA con fecha de enero de 2009, así como el 29.7.2010 y el 27.8.2012;
Considerando que, dado el valor constitucional y comunitario de la protección de la vida silvestre, existe la exigencia de daño grave e irreparable, como no permitir la espera de la primera cámara del consejo útil para la discusión colegiada del accidente precautorio, prevista para el 30.10.2012. .2983 (ver TAR Lazio, decreto de aceptación 12/1163; Campania TAR, decreto de aceptación 2012/658; Puglia TAR, decreto de aceptación 12/XNUMX);
Habiendo constatado, tras un primer examen sumario de la documentación archivada y cualquier investigación ulterior reservada a la oficina colegiada, cómo el recurso aparece asistido por la exigencia de fumus boni iuris en particular bajo los siguientes perfiles:
a) la inclusión entre las especies de caza de 19 especies de aves clasificadas por ISPRA, en aplicación de la llamada Directiva de Aves, de la categoría SPEC (Special of European Conservation Concern) y, por tanto, no susceptibles de caza en ausencia de un "plan de gestión", nunca realizado;
b) La predicción de la caza de especies migratorias de aves, o especies similares, antes del final del período de reproducción y después del inicio de la denominada fase de migración prenupcial, contra el art. 18, c. 1 bis L. 157/92 y art. 7.4 de la Directiva sobre aves, así como la sentencia del Tribunal de Justicia de 19.1.1994 n. 435/92 y la Guía ISPRA;
c) La caza de aves acuáticas migratorias incluso con munición tóxica de plomo fuera de las Zonas de Especial Protección (ZEPA), contra el art. 4 del Acuerdo sobre la conservación de las aves migratorias silvestres de África-Europa ratificado por Italia con la ley n. 66/2006;
d) la caza de ungulados con munición de plomo, en contra de la opinión de ISPRA (ver TAR Emilia-Romagna, Parma, 22.5.2012 n. 438);
e) caza en los lugares de la red Natura 2000 (ZEPA - Zonas de Protección Especial y SIC - Lugares de Importancia Comunitaria) en ausencia de la "Evaluación de Impacto", contra el art. 6, apartado 3, de la Directiva sobre hábitats y artículos 5 y 6 del Decreto Presidencial 357/97 (ver TAR Sicilia n. 638/2010);
PQM
BIENVENIDOS
en parte la solicitud de suspensión cautelar y, en consecuencia, suspende el calendario de caza impugnado limitado a los puntos arriba indicados hasta la sala del consejo para la discusión colegiada del incidente cautelar.
La sala del consejo del 30 de octubre de 2012, horario ritual, está fijada para la discusión colegiada.
Este decreto será ejecutado por la Administración y se deposita en la Secretaría de la Corte que notificará a las partes.
Así lo decidió en Venecia el 3 de octubre de 2012.
El Presidente
jose di nunzio
DEPOSITADO EN SECRETARÍA
04/10/2012
LA SECRETARIA
(Art. 89, párr. 3, Código de procedimiento administrativo)
"
(5 de octubre de 2012)
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