Ley 157 de 1992
El pasado mes de diciembre, el nuevo Parlamento demostró su eficacia al llevar a cabo finalmente una modificación adecuada de laArte. 19 de la ley estatal, la relativa al control de la vida silvestre, que durante treinta años se había mantenido inalterable y, por tanto, gravemente deficiente respecto de la evolución del mundo real, la jurisprudencia consolidada del Tribunal Constitucional y las poblaciones silvestres, así como la normativa administrativa y organizativa involución de cuerpos de PG de las Provincias, competentes en materia de vida silvestre: sin contar la fusión del CFS en el Arma dei Carabinieri, que hasta donde sabemos nunca ha participado, y mucho menos organizado, ninguna actividad de contención de vida silvestre en ninguna zona de Italia El hecho de que la intervención legislativa ha dado en el blanco lo ha demostrado la vehemente y conflictiva reacción de muchos medios de comunicación nacionales, bien financiados por los habituales anti-cazadores de derechos de los animales y ecologistas que han recuperado el aliento desde hace años. Como dicen "cosa hecha, jefe ja".
Calendarios de caza y plazos
Ahora, por tanto, es el momento de abordar con seriedad los trámites relativos a la caza, en concreto los correspondientes a los calendarios regionales de caza para la próxima temporada 2023/24. De hecho, se ha dado el pitido inicial: si las Regiones pretenden cumplir el plazo (no obligatorio, recordad) del 15 de junio de 2023 para la emisión de los calendarios, todo el proceso ya está en marcha. El procedimiento contempla la obtención de los dictámenes de los consejos de caza de fauna silvestre (o como los definen las distintas leyes autonómicas) donde están representadas las categorías de interesados, luego la redacción de una propuesta de calendario y, finalmente, su transmisión al ISPRA para adquirir la opinión relativa (obligatorio, pero no vinculante). Mientras tanto, donde no se haya cumplido ya a nivel de planificación -a través del plan autonómico de caza de fauna o de los anteriores provinciales- continúa en paralelo el procedimiento de evaluación de la incidencia del calendario respecto a los espacios de la red Natura 2000.
Las opiniones de ISPRA
En definitiva, todo es un discreto patchwork o, para decirlo simplemente en nuestro bello lenguaje, es una buena minestrone, en la que, sin embargo, cada ingrediente debe dosificarse con la máxima atención. Pero queda un cuello de botella: el ISPRA, institución cuyos dictámenes para la TAR y el Consejo de Estado equivalen ahora a la Palabra Mesiánica. Esto exige que el Ministerio del Medio Ambiente, que es el encargado de supervisar el ISPRA y, obviamente, las directivas y lineamientos de trabajo, adopte lineamientos nuevos y diferentes, menos rígidos y menos adversos a la caza. porque es precisamente desde el nivel ministerial que se espera un claro viraje, que afectará lo que ISPRA escribirá a las Regiones. Dicho de otro modo: si de nuevo, dentro de unas semanas, leemos opiniones indicando el cierre de la caza de aves sedentarias el 30 de noviembre, de la becada el 31 de diciembre, del zorzal el 10 de enero, del pato el 20 de enero, la apertura general no antes del 1 de octubre, la suspensión de la caza de avefrías, porrones, tórtolas silvestres y patos moñudos, etc. etc. no tendremos ninguna duda de que el gobierno actual tampoco podrá intervenir de manera efectiva.
Interpretación de datos
Este de los calendarios de caza será, por tanto, la primera y auténtica prueba de fuego sobre la caza para quien dirige el Palacio Chigi, porque no habrá ninguna contribución de los miembros de las fuerzas políticas que no sean la mayoría, como sucedió en cambio en las comisiones parlamentarias competentes y en la sala de audiencias. por la modificación del art. 19 de la ley 157, aprobada con el voto transversal de la mayoría de los partidos. ¿Estamos pidiendo demasiado? No lo creemos. Tras al menos dos décadas de cortes y palizas, los cazadores italianos simplemente piden la vuelta al equilibrio y la correcta, además de exhaustiva, interpretación de los datos, lo mínimo que se puede esperar de los organismos públicos y de los organismos que tienen una asesoría específica. papel que les confiere la legislación vigente: pero que yo no soy el legislador, esto también debe ser resaltado. Luego está la vehemente cuestión de los polvorientos mecanismos de la justicia administrativa, a la que ya hemos dedicado muchas reflexiones y sobre la que volveremos. Buena suerte a todos. (ANUUM Migracionistas)