La Associazione Caccia Natura Libertà propone su propio Calendario de Caza para la Región de Cerdeña, independiente de otras asociaciones.
Siguiendo las vicisitudes del calendario de caza en Cerdeña 2011/2012, reformulado cuatro veces, la Asociación "Caccia Natura Libertà", a la que tengo el honor de representar. Let.I), propuso su calendario de caza en las oficinas institucionales competentes, libre de cualquier documento unitario con el resto de asociaciones y solicitó evaluar esta propuesta en aplicación coherente de la normativa vigente.
Caccia Natura Libertà ha tramitado su solicitud bajo la ley marco de caza n. 157/92, modificado por la aprobación de la ley comunitaria, sobre el documento "Conceptos clave de ORNIS" Guía de la disciplina de la caza en el contexto de la Directiva 79/409 / CEE ", relativo a la conservación de las aves silvestres con las fechas de las décadas de inicio y el final del período reproductivo y el comienzo de la migración prenupcial, sobre la directiva 147/2009 / CE en el análisis de los solapamientos entre el comienzo y el final del período reproductivo y la apertura y cierre de la caza.
Solicitamos al presidente de la Región de Cerdeña que utilice todas las herramientas necesarias para la plena aplicación de la autonomía en el ámbito de la caza, como la apelación ante el Tribunal Constitucional de los criterios mínimos uniformes (ver sentencia 329/2008 autonomía Trento y Bolzano) para la definición de las medidas de conservación relativas a las Zonas Especiales de Conservación (ZEC) y Zonas de Especial Protección (ZEPA) establecidas por el decreto del Ministerio de Medio Ambiente (Pecoraro Scanio) por conflicto de atribución entre entidades.
Considerando que la apelación al Consejo de Estado contra el calendario de caza de Cerdeña, propuesta por la LAV (Lega Antiviviszione) y apoyada por Ispra, no tiene en cuenta que estos criterios mínimos ya están previstos por la ley 157/92 referente a la caza especies y los períodos de caza, por lo que corresponde a la Región de Cerdeña sobre la base de los artículos 4,6 del Decreto Presidencial 357/97 (modificado por el Decreto Presidencial 12.3.03, n. 120) dictar las reglas previstas para la protección de los hábitats de las especies de flora y fauna que se encuentran estacionadas en estos espacios de la red Natura 2000 y por tanto el decreto ministerial sería invasivo de competencias regionales. Para todos aquellos interesados en conocer la propuesta del calendario de caza de Cerdeña 2012/2013 pueden verlo en el sitio web www.cspt-italia.it.
Un cordial saludo El presidente de “Caccia Natura Libertà”.
Cagliari, 6 de junio de 2012
antonio pisano
Libertad de la naturaleza de la caza