Caza y Armas: San Miniato, nueva legislación sobre posesión de armas, Federcaccia organiza encuentros informativos especiales para cazadores.
La nueva legislación sobre la detención de Las armas son un aspecto importante no solo en nuestro municipio - San Miniato, sino en todo el territorio nacional. La zona del Distrito, en particular el Municipio de San Miniato, tiene una alta vocación cinegética, proveniente de "raíces culturales" consolidadas que aún mueven un importante y bien alimentado grupo de cazadores. Si estos últimos están y estarán en orden, con la nueva normativa, el pensamiento de la Federcaccia di San Miniato va a aquellas familias (estamos hablando de 1400 familias) que tienen y poseen armas, ya sea por herencia o por no- renovación de licencias. La atención sobre este tema es alta y las Fuerzas Policiales nos han entretenido al respecto, invitándonos a una colaboración concreta para la divulgación y conocimiento de la nueva normativa. La Federación Italiana de Caza de San Miniato con su oficina está disponible para aclarar el asunto lista para ayudar a todos los ciudadanos. Para ello, se realizó una reunión especial con la ciudadanía en colaboración con la Administración Municipal, asistida por los Presidentes de los Consejos Territoriales. A continuación se muestra un breve "resumen" con las principales características y las nuevas reglas que prevén el Certificado Anamnésico para todos los poseedores de armas.
“Con el decreto legislativo número 121 de 29 de septiembre de 2013, la ley que regula la posesión de armas en casa, para todos aquellos sujetos que no tengan licencia de armas de fuego. En particular, el párrafo 2 del artículo 6 establece que "dentro de los 18 meses siguientes a la entrada en vigor de este decreto (a partir del 5/11/2014), las personas en posesión de armas deberán presentar el certificado médico de idoneidad para la posesión de armas de fuego comunes previstas por el artículo 4, séptimo párrafo, del Real Decreto de 2015 de junio de 35, número 18, salvo que ya se haya producido en los seis años anteriores a la fecha de entrada en vigor de esta disposición. Pasados los dieciocho meses siempre es posible presentar el certificado dentro de los 1931 días siguientes a la recepción del aviso por parte de la seguridad pública competente ".
Es decir, hay tiempo hasta principios de mayo de 2015 para cumplir, después de lo cual, si no presenta la debida certificación, deberá esperar el aviso de la comisaría y a partir de ese momento se activarán otros 30 días. para volver a la norma de la ley. La oficina de Federcaccia di San Miniato está disponible para todos los ciudadanos que deseen obtener más información sobre la posesión de armas en el hogar, o que necesiten ayuda con la investigación de la práctica que les permite cumplir. Según una primera estimación, se trata de un problema que afecta a no menos de 2 familias en el Municipio de San Miniato; el caso más clásico es el del abuelo cazador que, una vez fallecido, deja el rifle que había pertenecido a sus hijos o nietos que no tienen licencia de arma de fuego.
Límites numéricos a la posesión de armas:
Actualmente, para fines distintos a la manufactura, exportación, comercio, industria y venta, las armas pueden ser retenidas con simple denuncia, dentro de los siguientes límites (artículo 10 de la Ley 110/75) (1):
• 3 armas de fuego comunes;
• 6 armas para uso deportivo;
• número ilimitado de armas de caza.
Para tener una mayor cantidad de armas, se requiere una licencia de coleccionista. El número no incluye armas antiguas, artísticas o raras. Las armas de caza están identificadas por el art. 13 de la ley 11 de febrero de 1992, n. 157 (Reglas para la protección de la fauna homeotérmica y para la caza), tal como se define en el art. 6, párrafo 6 del Decreto Legislativo 26 de octubre de 2010, n. 204.
(28 de marzo de 2015)
Federación de Caza