Las motivaciones
Tras la audiencia celebrada el pasado 4 de diciembre, con Sentencia núm. 39 del 07/01/2025, el TAR Sicilia – Palermo, Sección. III, rechazó definitivamente el recurso de las Asociaciones Ambientalistas, declarándolo parcialmente inaceptable, y rechazando el resto. La Sala, con los fundamentos expuestos en apoyo de la citada Sentencia, reiteró el principio según el cual la Opinión emitida por ISPRA es "obligatoria pero no vinculante", precisando que "las decisiones tomadas de manera diferente a la opinión de ISPRA, por tanto, pueden ser consideradas legítimos si están respaldados por estudios científicos de valor objetivo".
La contribución del FIDC
Respecto a esta circunstancia específica, FIdC Sicilia quiere resaltar el papel fundamental de la Oficina de Estudios e Investigaciones Faunísticas y Agroambientales de la Federcaccia, que gracias a un equipo de expertos ha proporcionado a las oficinas regionales un cierto apoyo técnico para contrarrestar los argumentos actuales. “Obsoleto” con el que pretenden contrarrestar la actividad cinegética.
Esperanzas para el futuro
Los abogados de la FIdC, los abogados Accursio Gagliano y Accursio Augello, expresaron una gran satisfacción por la decisión adoptada por el TAR de Sicilia-Palermo en relación con el CV 2024/2025. Dado que las disposiciones relativas al calendario de caza para el año en curso permiten esperar un buen desarrollo de los próximos años de caza, también a la luz de los cambios legislativos. (El Presidente de la Federcaccia Sicilia Giuseppe La Russa)