Suspensión del calendario
Ayer por la tarde el Tribunal Administrativo Regional de Veneto rechazó el pedido de medidas cautelares monocráticas, es decir, la suspensión del calendario de caza solicitado por el LAC, fijando la discusión colegiada en el salón del consejo para el próximo 19 de octubre.
Espacio de tiempo
Los jueces se refirieron al lapso comprendido entre la publicación del acto impugnado (16/08/2023) y la notificación del recurso que aquí se examina (18/09/2023), en relación con la fecha previa a la apertura del conjunto de caza. por la Región del Véneto (17/09/2023).
Medidas de precaución
Además, se consideró la solicitud de suspensión general de la resolución impugnada, en la parte en la que adelantaba la apertura de la caza al 17 de septiembre de 2023 respecto de la fecha del 1 de octubre de 2023 indicada por ISPRA, en relación con algunas especies, en dictamen emitido sobre el calendario cinegético autonómico y que constituye el anexo a) de la resolución impugnada. Finalmente, para el TAR no existen las condiciones que establece el citado artículo 56 del Código Procesal Penal para el otorgamiento de medidas cautelares en ausencia de contrainterrogatorio entre las partes.