Con una nota la asociación ANUUMigradores Quería profundizar en dos importantes decisiones en materia de muestreo de caza en excepción. En particular, se hizo referencia a una frase de hace unos meses Tribunal Penal de Verona. En esa ocasión, el juez absolvió a 20 cazadores (porque el hecho ya no constituye delito) que habían sido detenidos cinco años antes por la Policía Provincial y cuyas insignias habían sido examinadas. Los policías juzgaron ilegal el comportamiento por haber matado algunas especies en derogación a pesar del respeto de la resolución regional del Véneto en lo que respecta a esa temporada de caza.
Por cierto, justo antes del Tribunal de Justicia de la Comisión Europea había establecido que una directiva no puede tener el efecto de agravar la responsabilidad penal del acusado, independientemente del derecho interno de un Estado miembro.
El Tribunal Veronés absolvió a los cazadores también teniendo en cuenta una sentencia de 2010 del Tribunal Constitucional., según el cual la eficacia de una directiva sólo se admite si un derecho reconocido al ciudadano depende de este texto. Esto significa que los cazadores acusados habían realizado la actividad cinegética de conformidad con la ley vigente: al mismo tiempo las responsabilidades de los individuos no pueden derivarse de las leyes comunitarias, entre otras cosas también de forma retroactiva.