El ejercicio de la caza está legalmente permitido al cazador que posea habitualmente la siguiente documentación:
Licencia válida en puerto de escopeta para uso cinegético.. Este documento es expedido por la Jefatura de Policía a todos los ciudadanos que lo soliciten, que hayan cumplido los dieciocho años y hayan superado el examen de habilitación para practicar la caza. Este examen se realiza para la primera versión y en caso de revocación de la licencia. La licencia tiene una duración de 6 años y no se renueva automáticamente sino a solicitud del titular, asociada con la documentación médica específica de elegibilidad. El documento emitido por un organismo estatal es válido en todo el territorio nacional.
Póliza de seguros. Su finalidad es garantizar la responsabilidad civil frente a terceros por cualquier daño causado por el manejo de armas durante el ejercicio de la caza. La ley define límites máximos de 1.000.000.0000 de liras divididas en 750.000.000 de liras por lesiones personales y 250.000.000 de liras por daños a animales y propiedad.
También existe una política de prevención de accidentes para el cazador con un límite máximo de 100.000.000 de liras. Las asociaciones de caza abordan este aspecto proponiendo paquetes de seguros específicos y ampliados frente a los mínimos exigidos por la ley. Además de las asociaciones de caza (sindicatos de cazadores), la mayoría de las compañías de seguros ofrecen pólizas de seguro para la caza.
Tarjeta de caza emitida por cada Región, tiene como finalidad el seguimiento de la caza durante toda la temporada de caza.
La búsqueda de la caza en todo el El primer año después de la obtención de la licencia debe realizarse en compañía de otro cazador que la tenga desde hace al menos tres años para perfeccionar al neófito en la práctica del manejo seguro de armas.