Una sentencia muy importante
Con sentencia núm. 1520/2022 del 15.09.22, el Tribunal de Udine (juez único Dr. Daniele Faleschini Barnaba, Fiscal Dr. Luca Spinazzè) absolvió a AM (acusados los abogados Adriano Garziera y Lino Roetta del Tribunal de Vicenza), acusado de los acusados de haber "tomado posesión ilícita de fauna avícola, aves y numerosos polluelos, especies pertenecientes a la familia de aftas, con el fin de obtener un beneficio propio o ajeno y en todo caso destinado a convertirse en aves de señuelo para uso cinegético…. Con el agravante de haber cometido el delito con medios dolosos y sobre bienes expuestos por necesidad a la fe pública…. avifauna, propiedad estatal indisponible, procede del delito de hurto agravado", ya que "el hecho no existe". En concreto, las aves eran 43 ejemplares de alirrojo (Turdus iliacus), todos marcados con anillos de identificación de un criadero autorizado en Montespertoli, encontrados el 1 de junio de 2020 durante un registro realizado por la Unidad de Investigación de los Carabinieri Forestales de Pistoia dentro de la granja en el provincia de Udine, debidamente autorizada para fines de aficionados y de la que el propio demandado es propietario.
Propiedad estatal no disponible
Básicamente, se acusaba al imputado de haber sustraído ilegalmente los 43 polluelos de alirrojos del medio natural o, en su defecto, la acusación de comprarlos o recibirlos con conocimiento de su procedencia ilegal, por tratarse de fauna silvestre no disponible propiedad del Estado. El testigo DB, propietario del criadero autorizado en Montespertoli, del origen de los polluelos, así como el Dr. Giuseppe Micali, como consultor técnico de defensa. En particular, DB declaró que había confiado al demandado los 43 sujetos para el destete, en virtud de un contrato regular (encontrado durante la búsqueda), ya que en la cría de Montespertoli, la propia DB, sin colaboradores, no podía dispensar la atención adecuada y frecuente. cuidados requeridos por los numerosos pollitos. DB también había entregado anillos de identificación excedentes a AM, en caso de que algunos de los que estaban en las patas de los polluelos se hubieran deteriorado y, por lo tanto, requirieran reemplazo.
Atrapar en la naturaleza
Fue determinante el peritaje del asesor técnico de la defensa, cuyas observaciones y argumentos formulados durante la declaración fueron plenamente aceptados por el Juez, según el cual los alirrojos “muy improbablemente podrían proceder de capturas en libertad, siendo una especie que suele reproducirse en estado salvaje en los países del centro y norte de Europa, donde el alirrojo migra en primavera después de haber invernado en el sur de Europa y en otros territorios mediterráneos; la época de cría se desarrolla de mayo a julio; la edad de los polluelos incautados por el acusado, igual a 20-30 días, hacía improbable su nacimiento en libertad, teniendo en cuenta que la pareja necesita de 5-7 días para la construcción del nido, que la deposición y crianza dura unas dos semanas y que los pollitos no pueden ser quitados de sus padres en los primeros días de vida; además, se debe considerar el tiempo requerido para el transporte a Italia y las dificultades de mantener viva a una ave tan joven durante viajes largos”. En definitiva, los elementos circunstanciales contra la demandada quedaron sin prueba cierta, no sustentados en datos normativos (en relación con la supuesta prohibición de venta de aves entre ganaderos) y no sustentados en evidencia científica fehaciente. Tampoco se obtuvo evidencia de la alteración o manipulación de los anillos de identificación de las aves. AM quedó así absuelto de los delitos que se le imputaban por inexistencia del hecho, conforme al art. 530, inciso 2 del Código Procesal Penal (fuente: ANUU).