Una sentencia muy importante
Con la sentencia nº 1520/2022 de 15/09/2022, el Tribunal de Udine (Juez Único Dr. Daniele Faleschini Barnaba, Fiscal Dr. Luca Spinazzè) absolvió a AM (abogados defensores Adriano Garziera y Lino Roetta del Colegio de Abogados de Vicenza), acusado de haber "tomado posesión ilegal de fauna aviar, aves y numerosos polluelos, especies pertenecientes a la familia de los zorzales , con el propósito de lucrarse con ellas para sí mismo o para otros y en cualquier caso destinadas a convertirse en señuelos para la caza... Con la circunstancia agravante de haber cometido el delito con medios fraudulentos y sobre bienes expuestos a la confianza pública por necesidad... fauna aviar, bienes no disponibles del Estado, producto del delito de hurto agravado", ya que "el hecho no existe". En concreto, se trataba de 43 zorzales alirrojos (Turdus iliacus), todos ellos marcados con anillas de identificación procedentes de un criadero autorizado situado en Montespertoli, encontrados el 1 de junio de 2020 durante un registro realizado por la Unidad de Investigación de los Carabinieri Forestali de Pistoia en el interior del criadero situado en la provincia de Udine, debidamente autorizado para fines de aficionados y del que el propio acusado es propietario.
Propiedad estatal no disponible
Básicamente, se acusaba al imputado de haber sustraído ilegalmente los 43 polluelos de alirrojos del medio natural o, en su defecto, la acusación de comprarlos o recibirlos con conocimiento de su procedencia ilegal, por tratarse de fauna silvestre no disponible propiedad del Estado. El testigo DB, propietario del criadero autorizado en Montespertoli, del origen de los polluelos, así como el Dr. Giuseppe Micali, como consultor técnico de defensa. En particular, DB declaró que había confiado al demandado los 43 sujetos para el destete, en virtud de un contrato regular (encontrado durante la búsqueda), ya que en la cría de Montespertoli, la propia DB, sin colaboradores, no podía dispensar la atención adecuada y frecuente. cuidados requeridos por los numerosos pollitos. DB también había entregado anillos de identificación excedentes a AM, en caso de que algunos de los que estaban en las patas de los polluelos se hubieran deteriorado y, por lo tanto, requirieran reemplazo.
Atrapar en la naturaleza
Fue determinante el peritaje del asesor técnico de la defensa, cuyas observaciones y argumentos formulados durante la declaración fueron plenamente aceptados por el Juez, según el cual los alirrojos “muy improbablemente podrían proceder de capturas en libertad, siendo una especie que suele reproducirse en estado salvaje en los países del centro y norte de Europa, donde el alirrojo migra en primavera después de haber invernado en el sur de Europa y en otros territorios mediterráneos; la época de cría se desarrolla de mayo a julio; la edad de los polluelos incautados por el acusado, igual a 20-30 días, hacía improbable su nacimiento en libertad, teniendo en cuenta que la pareja necesita de 5-7 días para la construcción del nido, que la deposición y crianza dura unas dos semanas y que los pollitos no pueden ser quitados de sus padres en los primeros días de vida; además, se debe considerar el tiempo requerido para el transporte a Italia y las dificultades de mantener viva a una ave tan joven durante viajes largos”. En definitiva, los elementos circunstanciales contra la demandada quedaron sin prueba cierta, no sustentados en datos normativos (en relación con la supuesta prohibición de venta de aves entre ganaderos) y no sustentados en evidencia científica fehaciente. Tampoco se obtuvo evidencia de la alteración o manipulación de los anillos de identificación de las aves. AM quedó así absuelto de los delitos que se le imputaban por inexistencia del hecho, conforme al art. 530, inciso 2 del Código Procesal Penal (fuente: ANUU).






































