Los criterios introducidos
Al final ocurrió lo que era en gran medida previsible: el TAR del Lacio intervino con una sentencia que anuló una parte (la más importante) del decreto sobre Áreas Aptas del Ministerio de Ambiente que debería haber puesto fin a la disputa sobre las zonas en las que es posible o está prohibido instalar plantas de producción de energía. las energías renovablesLa sentencia (n.º 9155/2025) ha intervenido, de hecho, al declarar la nulidad de los apartados 2 y 3 del artículo 7 del decreto ministerial, que reconocen la discreción de las Regiones para reconocer como idóneas las zonas identificadas a nivel nacional por el Decreto Legislativo 199/2021. Delegación excesiva, ausencia de legislación transitoria, falta de homogeneidad y zonas de amortiguación desproporcionadas e injustificadas (hasta 7 km). Estas son las cuestiones de legitimidad constitucional planteadas por el Tribunal Administrativo y sometidas a la consideración del Tribunal Constitucional. El Ministerio de Medio Ambiente deberá revisar los criterios incluidos en el decreto ministerial. El efecto inmediato de la sentencia fue el bloqueo de las tres leyes regionales vigentes.
Principio de homogeneidad normativa
Las de Cerdeña, Friuli-Venecia Julia y Abruzos, que a su vez deberán modificar sus disposiciones tras las modificaciones del decreto ministerial. En cuanto a la discreción en la elección de zonas, para el TAR, el decreto del ministro Gilberto Pichetto Fratin otorga a las regiones facultades regulatorias imprevistas que vulneran el principio de homogeneidad regulatoria, que debe garantizarse en todo el territorio nacional. Otra excepción de constitucionalidad es la relativa a la ausencia de una normativa transitoria que, al no contemplar medidas de salvaguardia, puede dejar sin respuesta los procedimientos de autorización iniciados, generando incertidumbre y posibles perjuicios para las inversiones. La sentencia fue una respuesta a los recursos de la Asociación Nacional de Energía Eólica y otros operadores del sector.
Comentario de Anev
La propia Anev, en el comunicado de prensa que comentaba la decisión del tribunal, escribió: «Las razones que Anev también había denunciado públicamente como altamente perjudiciales para la libre actividad empresarial de los operadores de energías renovables han sido reconocidas como válidas». Una preocupación que el sector de las energías renovables comparte con el sector agrícola. En una conferencia reciente, organizada unos días antes de la sentencia del TAR en la Sala del Refettorio de la Cámara de Diputados, el presidente de Confagricoltura, Massimiliano Giansanti, expresó su preocupación por la «falta de homogeneidad de las normas entre las regiones». La variación de las normas según las fronteras territoriales «no ayuda —explicó—, al igual que no ayuda la falta de cumplimiento del Marco de Implementación Regional. Todo esto genera inseguridad, el principal obstáculo para las inversiones empresariales. Se necesita una estrategia nacional con normas precisas y unívocas para todos».
Una prohibición irrazonable
Además del decreto ministerial sobre zonas aptas, el Tribunal Administrativo del Lacio ha admitido a trámite las cuestiones de legitimidad constitucional planteadas por el sector de las energías renovables en relación con el artículo 20, apartado 1 bis, del decreto de Agricultura, que prohíbe la instalación de sistemas fotovoltaicos sobre el terreno en zonas clasificadas como agrícolas. Para el Tribunal Administrativo de Lacio (TAR), se trata de una prohibición irrazonable y desproporcionada que contradice, sobre todo, los principios constitucionales de proporcionalidad y razonabilidad, así como la legislación de la UE. Para el juez (auto n.º 9168 de 13.5.2025/232/2.6), la falta de idoneidad de una zona no puede impedir la instalación de sistemas de fuentes de energía renovables. Según los datos aportados, en el primer informe del Observatorio de Agroenergía, Confagri y Enel, en los últimos trece años el valor de la producción agrícola vinculada a las energías renovables ha pasado de 2024 millones a casi 48 millones de euros. El año 5 cerró con XNUMX plantas activas y una capacidad instalada de XNUMX gigavatios. Una tendencia en constante crecimiento que necesita dinamismo. Así lo demuestran los resultados de la medida del Pnrr sobre Agrivoltaica y el Parque Agrisolar, donde la potencia global admitida a las ayudas del PNRR supera ampliamente la establecida como objetivo para las medidas individuales (Fuente CONFAGRICOLTURA).