caza en derogación. La Región de Lombardía tiene la intención de activar, para la temporada de caza 2016/2017, los procedimientos para autorizar la recolección de especímenes de las especies Fringuello, Peppola y Storno, haciendo uso de la opción de exención prevista por la 'Directiva de aves'. El consejero regional de agricultura Gianni Fava lo había explicado en una comunicación al consejo el pasado mes de abril.
DAÑOS A LOS CULTIVOS - “La solicitud de autorización para recolectar cancelado también deriva de la necesidad de limitar la pérdida de producción agrícola de calidad - explicó el comisario Fava -. Entre 2008 y 2015, en Lombardía, se constató el daño a los cultivos causado por la especie por 643.573 euros. Solo en 2015, los daños reportados por las provincias lombardas más afectadas ascendieron a 68.280 euros. En las zonas donde se registró la mayor concentración de daños existen importantes producciones de alta calidad, como viñedos especializados para la elaboración de vinos DOC y DOCG y manzanos ”.
MANZANA Y VIÑEDO - Los cultivos más dañados son los cultivos de vino y frutales (manzanos), con una concentración de daño en el período de maduración del fruto, período en el que la población de estorninos es más numerosa y en el que las plantas son más susceptibles. dañar. Se verificaron daños adicionales en otros tipos de cultivos como maíz, girasol y hortícolas (tomates). "La solicitud para autorizar la caza de ejemplares de la especie Fringuello, Peppola, así como del Estornino - agregó el comisario - tiene como objetivo satisfacer las solicitudes realizadas por las asociaciones regionales de caza con motivo del evento 'Dillo alla Lombardia' el 27 de marzo pasado ".
PERÍODOS DE RETIRO - Para la especie Pinzón, se espera autorizar el muestreo solo para el período comprendido entre el 1 de octubre y el 31 de octubre de 2016; para Peppola en el período comprendido entre el 15 de octubre y el 13 de noviembre y para Storno en el período comprendido entre el 18 de septiembre y el 23 de octubre de 2016.
LO QUE DICE LA LEY - El artículo 19bis de la ley n. 11 de 1992 de febrero de 157 ('Reglas para la protección de la vida silvestre homeotermica y la caza'), que establece las facultades y métodos de autorización de las excepciones de conformidad con el art. 9 de la Directiva de Aves, delega en las regiones el derecho a autorizar estas excepciones, en cumplimiento de la legislación nacional y comunitaria, y establece que la intención de adoptar medidas de derogación sobre especies migratorias debe ser comunicada, a más tardar en abril, al Istituto Superiore. Investigación y Protección Ambiental (Ispra), para la emisión del dictamen preceptivo.
El procedimiento prevé la solicitud de dictamen del ISPRA, Instituto Superior de Investigación y Protección Ambiental, sobre la posibilidad de permitir la caza en derogación; Una vez más, Ispra expresa una opinión desfavorable sobre la actividad cinegética de la especie en cuestión, derogando la directiva europea de conformidad con el artículo 9, apartado 1, letra c, de la Directiva 2009/147 / CE.
Duro el comentario de Federcaccia Brescia, “No es que no esperáramos una respuesta en este sentido a la solicitud enviada por la Región de Lombardía de acuerdo con lo dispuesto en el art. 19bis de la ley 157, pero esperábamos algo diferente ”.
Continuando, leemos en la nota de Federcaccia, “Si es cierto que Ispra es un instituto técnico que brinda asesoría técnica a las instituciones y si es cierto que el art. 19bis obliga a contar con el dictamen favorable de la ISPRA para aplicar la tasa derogación, es igualmente cierto que lo que ha llegado a la mesa del comisario Fava es una interpretación jurídica y jurídica del Derecho comunitario y no un dictamen técnico "!
“ISPRA debe dar opiniones técnicas, informar a la Región de Lombardía si las poblaciones de estorninos, pinzones y zarzas pueden ser sometidas a la caza para proteger las cacerías tradicionales, pero no para dar interpretaciones legales. Y resulta ofensivo que Federcaccia Brescia lea: "... este Instituto cree que existen soluciones alternativas a la caza de pinzón y estornino pinzón y por tanto se pierde la primera condición necesaria para implementar la derogación".
“¿Y cuáles serían estas soluciones alternativas, por curiosidad? ¿Quizás el hecho de que el zorzal, el mirlo, el sassello o la cesena ya se puedan sacar del cobertizo? No decimos herejías. Federcaccia Brescia mantiene la convicción de que la Región de Lombardía debe, en cualquier caso, resolver, hacer que un juez la impugne y solicitar la intervención del Tribunal de Justicia. De una vez por todas, la cuestión de las excepciones debe resolverse de manera seria y definitiva ”.
(14 de junio de 2016)
Fuente: LombardiaNotizie - Federcaccia Brescia