La opinión de la dirección
Una opinión orientadora es la del Ministerio de Agricultura, Soberanía Alimentaria y Bosques, que en respuesta a la pregunta presentada por el Excmo. francesco bruzzone, jefe del Departamento de Lega para la gestión de la vida silvestre, expresó su opinión sobre la definición de la naturaleza legal de los especímenes de fauna criados en comparación con los salvajes.
Las indicaciones de la jurisprudencia
El Ministerio se encontró en línea con las indicaciones jurisprudenciales señaladas por Bruzzone en su texto, evaluando la oportunidad de una modificación legislativa ad hoc. "Finalmente, también se ha aclarado la claridad para los retiros en vivo planteados, hemos obtenido luz verde para los cambios normativos sobre la transposición de la jurisprudencia en la materia, en los que nuestro Departamento ya está trabajando", declara Bruzzone quien subraya "el Ministerio también ha debidamente resaltado, cómo la fauna cultivada está sujeta a la selección directa por parte del hombre, quien controla y regula su reproducción, configurando su genoma y sus actitudes a lo largo del tiempo, de lo que se deduce además que no es susceptible de las obligaciones previstas para el homeotermo de la fauna.
Especímenes de fauna
Un paso adelante tan importante como necesario en cuanto a la definición de la naturaleza jurídica de los ejemplares faunísticos con fenotipo ancestral, criados y mantenidos en detención, así como para esclarecer las numerosas controversias relacionadas con los señuelos de cría vivos, poseídos y utilizados en la caza al rececho ( fuente: FIDC).