Los interesados pueden ponerse en contacto con el personal de la comisión, indicando disponibilidad en cuanto a fechas y horarios y facilitando su dirección de correo electrónico y número de teléfono. Los voluntarios serán entonces contactados a corto plazo para recibir referencias e indicaciones. Este comité fue creado para responder a la imposición de límites a la celebración de armas que forman parte de la categoría B7: con esta abreviatura en Europa se clasifican las armas de fuego semiautomáticas para uso civil que se asemejan a un arma de fuego automática.
El nombre del comité se inspira en una directiva europea, el número 477 de 1991, relativo al control de la adquisición y tenencia de armas. En pocas palabras, este texto establece cuatro categorías de armas de fuego en función de su peligrosidad. La categoría A incluye las armas de fuego prohibidas, la categoría B incluye las sujetas a autorización, la categoría C las armas de fuego sujetas a declaración y la categoría D las demás armas de fuego.
La directiva no cubre las transferencias comerciales de armas y municiones militares, ni tampoco cubre la adquisición y posesión de armas y municiones por parte de las fuerzas armadas y los servicios públicos y por coleccionistas y entidades culturales e históricas. En cualquier caso, la aplicación de las disposiciones italianas sobre el porte de armas de fuego o sobre las normas de caza y tiro deportivo no se ve afectada.
Finalmente, los límites a los que se refiere el comité son los incluidos en una regulación reciente, la Ley 43 de 2015, que contiene medidas urgentes de lucha contra el terrorismo, incluidas las internacionales, así como la ampliación de las misiones internacionales de las Fuerzas Armadas y Policiales, las iniciativas de cooperación al desarrollo y el apoyo a los procesos de reconstrucción y la participación en las iniciativas de organismos internacionales para la consolidación de procesos de paz y estabilización.