tanta escasez
Son conocidas las innumerables adversidades que han caracterizado la adopción del calendario cinegético para la presente temporada, donde la región de Campania dio “enésima” prueba de inexcusable y aclamada pequeñez, rectius aridez, cultural en materia de caza. Si a esto le sumamos, como ha ocurrido en los últimos años, el innegable ostracismo infligido al mundo cinegético, el resultado no puede ser más que ese cúmulo de inconmensurables e incontables irracionalidades que, de hecho, nos hemos complacido en definir un calendario cinegético. El desdeñoso e incomprensible cierre que oponía la política regional a las demandas del mundo cinegético parecía total e inquebrantable; así como el contenido del dictamen emitido por el Comité Técnico Regional de Caza de Fauna Silvestre en la sesión del 06 de junio, también compartido por las asociaciones ecologistas, donde se fijó como base de discusión el calendario 2021/2022, al que se deben corregir las eventuales correcciones. hecho, especialmente a la luz del nuevo KC. Por lo tanto, como se sabe "lamentablemente", la Región de Campania adoptó un calendario de caza que, por un lado, recibió, acrítica e incomprensiblemente, casi todo el contenido de la opinión emitida por ISPRA, descuidando, como se mencionó, evaluar el adquirido. en su propio CTFVR, en cambio, introdujo nuevas e injustificadas restricciones, en clara violación de los estrictos datos normativos nacionales y regionales, teniendo en cuenta además la más reciente elaboración jurisprudencial.
Datos científicos subestimados
Por tanto, y con toda evidencia, no se atribuía relevancia a la larga serie de rigurosos datos científicos, normativos y jurisprudenciales aducidos por la AAVV en apoyo de sus solicitudes, considerados absolutamente irrelevantes frente a elecciones caracterizadas, a decir de la política regional, por la necesidad prioritaria de la protección del medio ambiente, como "sugiere" ISPRA. Afortunadamente, sin embargo, el cd. Deus Ex machina; es decir, aquella divinidad, circunstancia y/o persona que, en el antiguo teatro clásico griego, constituía el elemento resolutivo inesperado de la tragedia y/o el proponente del buen curso de una historia. Pues bien, no poca sorpresa se ha llevado a los escritores AA.VV. cuando, de la lectura de la resolución del Consejo núm. 459 del 1.09.2022, supieron que la Región de Campania había decidido adelantar, para los días 18 y 21 de septiembre, la recolección de numerosas especies de aves, ya programada para el 01 de octubre, simplemente porque, mientras tanto, llovía ( ¡sic!).
Situaciones climáticas
Por lo tanto, dada, según la Región de Campania, la manifiesta irrelevancia/insuficiencia de los estudios, juicios, in subiecta materia, científicos, reglamentarios, nacionales y europeos, emitidos por numerosos TAR, alegados por las asociaciones de redacción en apoyo de sus solicitudes; el problema del calendario de caza fue simplemente resuelto por la lluvia. En particular, puede leer en la página 3 de la resolución del Consejo no. 459 del 1.09.2022 que, con referencia a la fecha de inicio de la caza de numerosas especies de aves, “en base al desarrollo y evolución real y sobrevenida de la situación clima/meteorológica y sequía, han cesado las condiciones de emergencia, con particular referencia a el período anterior a septiembre, así como a las perspectivas para el mes de septiembre”. Por tanto, según la política autonómica, las precipitaciones atmosféricas, incluidas las futuras, habiendo proporcionado evidentemente un buen despacho meteorológico ("perspectivas para el mes de septiembre") han permitido sorprendentemente que numerosas especies de aves concluyan la fase de reproducción y dependencia de adultos, haciendo que la recolección el tercer domingo de septiembre plenamente legítima y conforme a la ley, así como a la ética cinegética.
Cambios en el texto
Es realmente cierto que el coraje de admitir sus errores, así como tener la humildad de conocer los propios límites. La corrección y la honestidad intelectual deberían haber obligado a la Región de Campania a reconocer que el contenido de la resolución n. 459 del 1.09.2022, lejos de estar vinculada a la intervención del deus ex machina (Júpiter pluvius, señor de la lluvia y las tormentas, en este caso), responde, por otra parte, a la necesidad de evitar una pérdida previsible en juicio . Bueno, la resolución en cuestión no menciona que el calendario de caza, a iniciativa de los escritores AAVV, fue impugnado en el Tribunal Administrativo Regional de Campania - Oficina de Nápoles con apelación registrada bajo el n. 3931/2022 RG y confiada a la atención de la Sección Tercera, que fijó, para la discusión de la medida cautelar solicitada por tres motivos de casación, la sala del consejo de 06 de septiembre. Cabe señalar que, sobre la base de los estrictos términos establecidos en el código de proceso administrativo vigente, el recurso, ya el 16 de agosto, había sido notificado, por correo electrónico certificado, a la Región de Campania que, por lo tanto, in limine litis, acercándose a la fecha de discusión, prefirió modificar el calendario de caza ya aprobado en base a lo deducido por los redactores AAVV.
Una aversión sin sentido
Por lo tanto, y con toda evidencia, la adopción de la resolución núm. 459 del 1.09.2022 no representa sino un recurso evidente a la institución de la legítima defensa decisoria, consistente en la potestad de la administración pública de revisar, sin intervención del juez, sus propios actos en el plano de la legitimidad, para confirmarlos, modificarlos o cancelarlos. Prueba insuperable de lo anterior radica en la circunstancia de que, al margen de la risible referencia al "desarrollo y evolución sobrevenida de la situación climática/meteorológica y de sequía", el contenido motivacional de la resolución coincide, relatándolo fielmente, con lo afirmado por los escritores de la AAVV en el mencionado gravamen. En aras de la integridad de la información, se destaca que en la referida audiencia, habiendo tomado conocimiento de dicha resolución núm. 459 del 1.09.2022 ajusta el calendario de caza actual a las quejas y, por lo tanto, a los deseos expresados por los escritores AAVV, el TAR Nápoles ha ordenado la cancelación de la apelación del papel de suspensivos y su combinación de mérito. Por último, no debe olvidarse que los redactores de la AAVV, habiendo emprendido con convicción el camino de la firmeza, se reservan el derecho de actuar y reaccionar, en los términos y condiciones de la ley, frente a todas y cada una de las medidas que atenten contra la dignidad de Cazadores de Campania. No fue el agua blanda (meteórica) que excavó la piedra dura, ergo el granito y la aversión insensata de la Región de Campania hacia el mundo de la caza, sino la perseverancia de los escritores para actuar por la protección incondicional de sus derechos (fuente: Federación de Caza).