Pichetto Fratín y Lollobrigida
El senador Adriano Paroli, elegido en Brescia por Forza Italia, ha presentado una pregunta escrita al Senado de la República dirigida a los Ministros Pichetto Fratin de Medio Ambiente y lollobrigida de Agricultura. El tema de la pregunta es el de los controles realizados por los Carabinieri Forestales de Soarda en los últimos años en Brescia. En su estilo, Paroli es tranquilo pero directo y plantea preguntas precisas a las que los ministros deberán responder, descubriendo quizás situaciones desconocidas para ellos o quizás mantenidas ocultas.
el interrogatorio
A continuación se detalla la última parte de la pregunta: "La contribución operativa, de experiencia y profesional de los servicios de los Carabinieri Forestales es de fundamental importancia para la lucha contra la caza furtiva, pero es igualmente fundamental, para su eficacia, que no dé lugar a la impugnación de delitos irrelevantes y, de hecho, con la no aplicación de las normas especiales vigentes, socavando el principio de seguridad jurídica, y que tampoco degenere en actuaciones exorbitantes de inspección e investigación, como para hacerlas percibir como dirigidas a limitar la actividad cinegética legítima y no ante la represión de la caza furtiva, se mostró de acuerdo por unanimidad. De hecho, está claro que en caso de que se encuentren señuelos vivos sospechosos de estar "no autorizados" según las disposiciones nacionales o regionales, los operadores de SOARDA (sección de operaciones contra la caza furtiva y los delitos contra los animales) no aplican la norma especial previsto (artículo 31, apartado 1, letra h), de la ley núm. 157), según la cual "se deberá aplicar una sanción administrativa de 300.000 a 1.800.000 liras a quienes recurran a retiradas no autorizadas o en violación de las disposiciones dictadas por las regiones en aplicación del artículo 5, apartado 1", pero procedan a la formulación de noticias criminales de conformidad con el art. 30, apartado 1, letra. h), que no se refiere, sin embargo, al uso de señuelos vivos no autorizados, sino únicamente al uso de señuelos prohibidos (como se identifica en el artículo 21, apartado 1, letra r), que prohíbe "utilizar aves con fines de señuelo vivas, ciegas, mutiladas o atadas". por las alas y llamadas acústicas con accionamiento mecánico, electromagnético o electromecánico, con o sin amplificación del sonido").
Abuso de poder y opresión
También parece que los mismos operadores impugnan la falsificación de sellos públicos en virtud del art. 468 del código penal referente a los anillos de identificación de señuelos vivos procedentes de cría, emitidos por asociaciones privadas, en el caso de la mera sospecha de que el "sello", aunque original y no falso (y a pesar de no ser un sello de cargo público o un organismo público) se ha colocado con alteración mecánica de las dimensiones; Desde hace tiempo, las asociaciones de cazadores denuncian abusos de poder y opresión por parte de algunos celadores zoófilos del sector cinegético que actúan más allá de sus competencias y titularidad, vulnerando los derechos de los cazadores durante su actividad cinegética. El autor de la pregunta ha recibido informes de asociaciones de caza sobre los métodos cuestionables con los que los carabineros de SOARDA han llevado a cabo en algunos casos operaciones de control y vigilancia contra numerosos cazadores en el ejercicio de actividades cinegéticas respetando la normativa vigente, obligando a algunos cazadores de la provincia de Brescia a archivar una queja.
El papel de los ambientalistas
El interrogador también sabe que las mismas asociaciones denuncian que los operadores de SOARDA realizan a menudo los controles en grupos de 6 a 8 agentes acompañados también por voluntarios de asociaciones ecologistas, haciendo así un uso desproporcionado de medios y personal para realizar los controles. controles. El interlocutor también ha recibido denuncias sobre la participación, a pesar de no tener derecho, de operadores de asociaciones medioambientales sin ninguna de las cualificaciones previstas en el art. 27 de la ley núm. 157 de 1992, y en algunos casos procedentes del extranjero, a la inspección, búsqueda e incautación de señuelos vivos, conducidos posteriormente a los CRAS (centros de recuperación de caza) de la zona gestionados por asociaciones ecologistas, que incluso ante una orden de liberación procedente de la Fiscalía, nunca fueron devueltos, en violación de las obligaciones de custodia establecidas por el código penal. Solicitamos saber si los Ministros en cuestión conocen los hechos presentados y qué acciones piensan tomar, cada uno dentro de su ámbito de competencia, para que en la lucha contra la caza furtiva, el cumplimiento de la ley sólo lo hagan aquellos autorizados para ello. se garantiza, así como los derechos de los sujetos en el ejercicio de la actividad cinegética y para realizar una verificación en todo el territorio nacional sobre las modalidades de realización de la actividad voluntaria por parte de las mencionadas asociaciones. Se trata, según la Federcaccia Brescia, de una pregunta bien planteada que tal vez revele a los ministros competentes algunos acontecimientos sobre los que es importante reflexionar pero sobre todo intervenir. Gracias al senador Adriano Paroli, ciertamente está en orden (Fuente FEDERCACCIA BRESCIA – CACCIAPENSIERI).