Manejo de Vida Silvestre
Concluyó la segunda mesa de trabajo impulsada por Fundación UNA - Hombre, Naturaleza, Medio Ambiente sobre los métodos correctos de interpretación del artículo 9 de la Constitución y los principios en él establecidos. La reunión [a la que también asistió el presidente nacional de la Federcaccia Massimo Buconi, ndr.] generó inmediatamente una propuesta para la creación de un intergrupo parlamentario sobre el artículo 9 y la gestión de la vida silvestre y fue seguida inmediatamente por el rechazo por parte del Consejo de Estado de los recursos presentado por algunas organizaciones anti-caza tras las sentencias dictadas por el TAR de las regiones de Lombardía y Emilia-Romaña. Estas sentencias se referían a la suspensión de los calendarios de caza y a la supuesta incompatibilidad de la caza con el artículo 9 de la Constitución. La disposición representa un signo inequívoco de la exactitud de las tesis equilibradas y de sentido común que surgieron durante el seminario. La conferencia se centró en examinar las herramientas necesarias para una aplicación clara, transparente y objetiva de las leyes sobre la protección de la biodiversidad en Italia y contó con la participación activa de los principales responsables políticos involucrados, junto con representantes institucionales, del mundo asociativo y algunos de los principales expertos constitucionales.
Un enfoque pluralista
Los honorables ponentes coincidieron en la importancia de un equilibrio entre normas de diferentes niveles, manteniendo un enfoque pluralista y abierto al diálogo, que no subestime la necesidad de gestionar la vida silvestre, también con vistas a proteger las comunidades locales y la biodiversidad. Además, el carácter transversal de la actual polarización pública sobre este tema ha sido identificado como una oportunidad para la inserción de una narrativa objetiva, informada y responsable en el debate. El trabajo destacó inmediatamente la necesidad de una interpretación sistémica de los principios fundamentales establecidos en el texto constitucional. Como subraya Francesco De Leonardis, Prof. Ord. Derecho Administrativo, Universidad de Roma Tre y Presidente de la Asociación Italiana de Derecho Ambiental (AIDAMBIENTE) “El artículo 9 de la Constitución italiana debe considerarse, en su totalidad, inmerso en el sistema de principios fundamentales de nuestra clasificación. Por lo tanto, cuando cuestionamos el lugar de los animales en la Constitución, no podemos evitar implementar un análisis sistémico de los derechos, que aborda al hombre como el eje del marco constitucional. Por tanto, si es cierto que la referencia a los animales ha entrado en el texto constitucional, también lo es que el principio de su protección no debe entenderse en un sentido individualista, sino en un sentido funcional a los intereses de todo el mundo. sistema bajo análisis".
Artículo 9 de la Constitución
La necesidad de una interpretación de los principios que tenga en cuenta su contexto de referencia está naturalmente ligada a otro tema abordado, a saber, el principio del equilibrio entre los diferentes intereses en materia de protección de la biodiversidad y cómo la referencia a ella es explícita en el marco del mismo artículo 9 de la Constitución. “El artículo 9 protege el medio ambiente remitiendo modos y formas de protección al legislador. El mismo modelo de redacción del artículo constitucional nos hace comprender que con él no estamos ante una forma directa de preceptividad. Esta es la demostración de cómo los valores constitucionales deben siempre equilibrarse a través de la figura del legislador que interviene de manera responsable y reflexiva” Alfonso Celotto, Ord. Prof. Derecho Constitucional, Universidad de Roma Tre “El artículo 9 es una oportunidad para equilibrar los intereses entre las diversas formas de protección de la biodiversidad, de las cuales la caza representa una parte fundamental”. La comparación también puso de relieve cómo este equilibrio también se refleja en el derecho europeo. Angelo Lalli, Prof. Ass. Derecho Administrativo, Universidad de Roma La Sapienza y Director del Máster de II nivel en Derecho Ambiental precisó cómo “el equilibrio establecido por el derecho europeo se forja sobre el equilibrio entre diferentes intereses. Por lo tanto, el interés en la protección de los derechos de los animales debe equilibrarse con los muchos otros que existen, como ya destaca el artículo 13 del TFUE y algunas sentencias del Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas. La propia actividad cinegética es considerada por el derecho europeo fundamental para el mantenimiento de los equilibrios faunístico y biológico y, por tanto, su legitimidad a nivel nacional es esencial, ya que el derecho europeo tiene primacía absoluta sobre el de los Estados miembros".
Criterios científicos
La conclusión del trabajo estuvo acompañada por Maurizio Zipponi, presidente de la Fondazione UNA y vio a todos los participantes garantizar un compromiso transversal para llevar adelante las demandas de una visión común basada en una gestión virtuosa de la vida silvestre, libre de prácticas nocivas y extremismo especista. “La Fundación UNA siempre ha llevado a cabo sus batallas con criterios científicos y un enfoque multidisciplinario. También en este caso nuestro objetivo es crear una convergencia entre intereses y visiones, eliminando cualquier extremismo. Estamos aquí hoy para renovar nuestro compromiso de fomentar un diálogo parlamentario transversal sobre el tema del arte. 9 de la Constitución, basado en fundamentos objetivos, dispuesto a dar cabida a un equilibrio entre los diferentes intereses en el ámbito, sabiendo que en Italia ya existe una ley para proteger la fauna silvestre, 157 del 92", Maurizio Zipponi, Presidente de la Fondazione UNA (fuente: Fuente Fundación UNA)