
Se autoriza la actividad cinegética en el período comprendido entre el 1 de octubre y el 31 de enero, utilizando el siguiente perro y el perro de la guarida. Los días preferidos para la recolección son los miércoles y domingos: La participación en las cacerías será admitida a cazadores regulares registrados en el ATC y equipados con carnet de caza regional, para un número mínimo de 5 y un máximo de 15 personas, incluidos batidores y canai.
El dictamen, entonces, debe contener las razones de las características cinegéticas del sector elegido, el número máximo de animales a sacrificar y las medidas de seguridad que deben tomarse durante la caza. La salida debe tener lugar a partir de las 7 y no más tarde del 15 del día autorizado, obviamente la broma excluirá la matanza de cualquier otra especie. Finalmente, otra prohibición a respetar será el uso de pistolas estriadas.







































