Este artículo ha sido impugnado, así como el párrafo 8 del artículo 38, según el cual el cazador debe indicar en el espacios especiales en la tarjeta de caza las iniciales de la cabeza asesinada inmediatamente después de que se determina la muerte. Quienes interpusieron el recurso de casación arremetieron contra estas medidas que serían contrarias a la Constitución.
Para los jueces de la Corte constitucional, existe un contraste con la ley nacional de caza que permite la recolección solo hasta la puesta del sol y no más tarde. Por lo tanto, no se puede permitir la recogida en determinados horarios. como inconstitucional, mientras que la cuestión de la tarjeta no se consideró bien fundada.