Estos últimos fueron proporcionados por el Ley Marco de Caza de 1992, mientras que si nos fijamos en Cerdeña, el estándar de referencia es el Ley Regional número 23 de 1998, que contiene “Regulaciones para la protección de la vida silvestre y para el ejercicio de la caza en Cerdeña”. El tema se remonta a hace casi dieciocho años, pero a pesar de la "madurez" alcanzada, la aplicación era prácticamente imposible. Este texto ha dedicado tres artículos a las Áreas Territoriales de Caza, concretamente los artículos 16, 17 y 18.
El primero explica las tareas de los comités de dirección, el segundo describe la composición y constitución de los mismos, mientras que el tercero está dedicado al funcionamiento de este órgano de decisión. L 'Unión de Cazadores de Cerdeña (UCS) criticó reiteradamente la ley autonómica, definiéndola como un verdadero "plagio" de la nacional sobre caza y recordando la utilidad de la legislación anterior. De hecho, la Ley Regional número 32 de 1978 se mantuvo vigente durante unas dos décadas. (“Sobre la protección de la fauna y el ejercicio de la caza en Cerdeña”), lo que se ha definido como una anticipación a las previsiones de la Unión Europea, ya que se refería al menor número de especies cazables y días de caza.
Es por esto que las Áreas Territoriales no lograron cumplir con el éxito esperado y la reunión de la próxima semana. se organizó con gran optimismo, con la esperanza de identificar las soluciones correctas y alternativasde lo contrario, el problema seguirá siendo el mismo. Se habló de Macomer en relación a la caza incluso hace unas semanas para anunciar la primera vez que la isla fue protagonista de una feria dedicada a la caza, la pesca y el ocio. El evento está previsto del 17 al 19 de junio próximo, por lo que este encuentro de finales de invierno podría ser un punto de partida más para los debates de la feria de Cerdeña, una especie de "aperitivo" a la vista de reflexiones más detalladas.