"los Fondo Nacional de Recuperación de la Vida Silvestre desde un millón de euros ". El Ministro de Medio Ambiente lo anuncia a través de algunas agencias de prensa y en sus perfiles sociales, Sergio Costa. Una modificación a la ley de estabilidad establece que se prevé la creación de un Fondo Nacional para la recuperación de la vida silvestre con una dotación de un millón de euros anuales a partir de 2021. El Fondo está destinado a apoyar la protección y el cuidado de la vida silvestre por parte de asociaciones ambientales reconocidas bajo elartículo 13 de la ley n. 349/86, que tienen esta finalidad en su Estatuto y gestionan centros para el cuidado y recuperación de la vida silvestre, con especial referencia a las especies de interés comunitario.
La regla establece que los métodos de uso del Fondo se definen con decreto del Ministro de Medio Ambiente y Protección del Territorio y el Mar se adoptará en un plazo de seis meses a partir de la fecha de entrada en vigor de la ley, previa consulta al Ministro de Políticas Agrícolas, Alimentarias y Forestales y al Ministro de Sanidad. Dentro de los noventa días a partir de la entrada en vigor de la ley, las Regiones y los Provincias autónomas de Trento y Bolzano deberán transmitir al Ministerio de Medio Ambiente la relación de los centros de recuperación de vida silvestre que operan en el territorio gestionado por las asociaciones. El mundo de la caza representado por las Asociaciones Reconocidas (Federación Italiana de Caza, Asociación Nacional de Caza Libre, Enalcaccia, Arcicaccia, ANUUMigratoristi, Italcaccia, Autoridad de Productores de Caza) y de CNCN - Comité Nacional de Caza y Naturaleza, considera inapropiada la satisfacción del ministro Costa, sobre todo cuando considera que las reconocidas asociaciones ambientalistas, únicas receptoras de los recursos del recién creado fondo, ya no están solas en defensa de los bienes indisponibles del Estado. .
Quizás el Ministro no recuerde que desde la promulgación de la L no. 157/1992 Hasta la fecha, primero las Provincias y luego (después de Delrio) las Regiones han invertido recursos, hombres y medios para la gestión y actividad de los centros provinciales, de acuerdo con un rol específico de gestores del patrimonio silvestre que se enmarca en la misma ley 157, para recuperación, tratamiento, rehabilitación y reintroducción de especímenes de vida silvestre en la naturaleza, bienes indisponibles del estado. Basta con desplazarse por los presupuestos de las provincias y ciudades metropolitanas y ahora los de las Regiones para darse cuenta de esto. Entre otras cosas, cabe señalar que los importes comprometidos hasta ahora -a falta de financiación pública- procedían y proceden de los recursos propios del mismo PP. AUTOMÓVIL CLUB BRITÁNICO. y por lo tanto también de parte del derechos de concesión de caza regionales pagados por los cazadores.
Será conveniente que el Ministerio, al redactar el anuncio, preste la debida atención a que existen especies de fauna silvestre para las que existen obligaciones de control comunitario a efectos de erradicación. Realmente no sería el caso de llevarse a casa un procedimiento de infracción de la UE cuando, en lugar de intentar erradicar el coipo y las ardillas grises de nuestros hábitats, las mismas especies fueron sometidas a cuidados y reintroducción en la naturaleza. Entre otras cosas, dado que estamos hablando de recursos limitados, en ausencia de criterios y protocolos de prioridad, podemos correr el riesgo de no tener el dinero para atender emergencias reales, es decir, las que caracterizan especies típicas de nuestro panorama nacional de vida silvestre. Dicho esto, surgen espontáneamente algunas preguntas: ¿por qué solo las Asociaciones Ambientalistas reconocidas de conformidad con el artículo 13 de la ley núm. 349/86?
¿Cuáles serán los requisitos previstos en la convocatoria de asignación de fondos? No sería más apropiado, con vistas a la inclusión que a la exclusión, considerar también aquellas realidades que ya están comprometidas por ley en las actividades de restauración ambiental y protección de la vida silvestre (ATC - áreas territoriales de caza, distritos alpinos, autoridades del parque, etc.) ? Igual que Cabaña de Dirección Nacional No podemos dejar de prestar atención para resaltar todos los límites y criticidades de esta iniciativa que, a pesar de las apariencias, siempre parece favorecer a los mismos interlocutores y no está abierta a asociaciones y realidades de naturaleza diferente, que sin embargo son concretamente activos en la protección de la fauna.