Una frase fundamental
Como se comunicó ayer, con la ordenanza N° 5685/22, el Consejo de Estado sección III rechazó el recurso de las asociaciones Animal-ambiental para la reforma cautelar de la TAR Toscana, que había decidido no conceder la suspensión del Calendario de Caza Toscana 2022/23, en particular para la fecha del 30 de enero por el cierre del pato caza, zorzales y becadas. “El papel jugado por Federcaccia gracias a su abogado Avv. Alberto Maria Bruni, y con el apoyo técnico científico puesto a disposición por nuestra Oficina Nacional de Estudios e Investigaciones ya en la fase inicial de redacción del Calendario Toscano Venatori, fue decisivo para este importante resultado” – declaró Marco Salvadori Presidente de Federcaccia Toscana. “Quiero recordar también a aquellos que están mostrando sus músculos hoy e improvisando como actores en un guión que ni siquiera los ha visto como extras, que nuestra asociación fue la única asociación de caza que apoyó a la Región Toscana en la defensa del Calendario en el aulas del Consejo de Estado y no en las páginas de Facebook".
Mundo cinegético toscano
“Un hecho concreto que habla por sí mismo, no discutible y a la luz del día. Desde hace algún tiempo nuestra asociación y la parte más sagaz del mundo cinegético toscano, que hoy se dedica a construir un proceso nuevo y moderno, para el relanzamiento y defensa de nuestra pasión, viene demostrando con hechos que trabaja para la defensa de todos cazadores, con profesionalidad y abnegación, lejos de polémicas y ataques instrumentales que muchas veces corren el riesgo de favorecer a nuestros adversarios”. El resultado obtenido con esta ordenanza cobra gran importancia bajo varios aspectos pero sobre todo por dos razones: la primera es que la ordenanza del Consejo de Estado también se hizo contra el Ministerio de Transición Ecológica que añadía, no sin sorpresa, los derechos ambientales/animales. asociaciones.
Calendarios de caza
La segunda es que las excepciones procesales planteadas y discutidas por nuestra asociación y ampliamente ilustradas por el abogado parecen haber sido compartidas por el Consejo de Estado. Bruni. En particular, se señaló lo siguiente: Las asociaciones ecologistas/defensoras de los animales no tienen derecho a impugnar aquellos Calendarios de Caza que introduzcan medidas más restrictivas para la caza y, por tanto, resulten más favorables para la protección del medio ambiente. Las asociaciones ecologistas/defensoras de los animales no pueden interponer recurso contra los Calendarios Regionales, limitándose a remitirse al dictamen ISPRA y los Conceptos Clave, debiendo encargarse de censurar específicamente, una a una, las razones asumidas por las Regiones para apartarse de ellos. Fortalecidos por este éxito y los argumentos resultantes de una contribución puntual y competente de nuestra asociación presentada ante los jueces del Consejo de Estado, continuaremos con aún mayor determinación en la defensa de todos los cazadores. Lo haremos sin caer en la trampa del odio y la polémica que algunos siguen albergando y alimentando con la esperanza de ocultar su evidente marginalidad ante los gigantescos desafíos que nos esperan (fuente: FIDC).