Las decisiones de la Región del Piamonte
Con la resolución del Consejo Regional del 26 de agosto de 2022, n. 2-5539 "Peste porcina africana. Autorización para la realización de algunas actividades cinegéticas de jabalí en las Zonas de Restricción I y II conforme al Reg (UE) 440/2022, sin perjuicio de la Ordenanza de Ministerio de Salud (OM) de 13/01/2022 "con el fin de aumentar la eficacia de las acciones de despoblación y reducir el riesgo de propagación de la infección, se decidió autorizar:
- en la zona de restricción I y II, sólo en los territorios en correspondencia con los cuales, en base a la declaración del Comisario Extraordinario de la PSA, se haya completado la colocación de las barreras y fuera de las mismas, el ejercicio de caza del jabalí con el uso de perros (máximo 3);
-en la zona de restricción I y II, únicamente en los territorios en correspondencia con los cuales, en base a la declaración del Comisario Extraordinario de la PSA, se haya completado la colocación de las barreras y dentro de las mismas: caza de selección de jabalí en formulario único sin perros e intervenciones de control conforme al artículo 19 de la ley 157/1992.
cinco lotes
Se reconoce que el 16 de septiembre de 2022 se recibió una comunicación específica del Comisionado Extraordinario en la que se indica lo siguiente:
LOTE 1: OBRAS TERMINADAS
LOTE 2: OBRAS SUSTANCIALMENTE TERMINADAS
LOTE 3: OBRA A REALIZAR
LOTE 4: OBRAS TERMINADAS
LOTE 5: OBRAS SUSTANCIALMENTE TERMINADAS
Áreas de restricción
A la luz de la citada comunicación y considerando lo expresado en la referida DGR, le informamos que a partir del 18 de SEPTIEMBRE de 2022 se autoriza lo siguiente:
- en la zona de restricción I (tampón), excepto en la parte del territorio que retrocede en el ATC AL3, el ejercicio de caza de jabalí con el uso de perros (máximo n.3), toda caza programada de otras especies y caza de selección como establecido por el calendario de caza regional vigente 2022/2023;
- en la zona de restricción II en base a las solicitudes del ATC AL3-AL4 y en el territorio del ATC AL2 y en el Municipio de Mombaldone, dentro del ATC AT2, sin perjuicio de las disposiciones del calendario de caza regional actual 2022/2023 es autorizó a partir del 02 DE OCTUBRE DE 2022 la apertura de la caza del jabalí en la modalidad de caza programada sin perjuicio de lo señalado en el último párrafo;
- dentro de los recintos, aunque no se complete en toda la zona de restricción II, el ejercicio de la caza planificada de todas las demás especies (excepto el jabalí), tal y como establece el vigente Calendario Regional de Caza 2022/2023, así como la caza de selección a otras especies
Cabe señalar que en los territorios comprendidos en las zonas de restricción I y II en los que no se complete el vallado así como en los cotos cinegéticos y cotos cinegéticos comprendidos en dichos territorios, no se prevé ninguna modalidad de caza del jabalí ni ninguna actividad de control. autorizado al mismo.
Finalmente, se recuerda el respeto de las normas dictadas en materia de bioseguridad contenidas en la referida resolución del Consejo Regional del 26 de agosto de 2022, n. 2-5539.