plena cooperación
Las Asociaciones Nacionales abajo firmantes (Federcaccia, Enalcaccia, AnuuMigratoristi, Associazione Nazionale Libera Caccia, Arcicaccia, Italcaccia y el Comité Nacional de Caza y Naturaleza - CNCN) se reunieron en la Sala de Control Unitario del Mundo de la Caza, en relación con la aplicación del Reglamento 2021/57 sobre plomo en los humedales, también tras la reunión con el Gobierno del 04 de septiembre, prestó la máxima colaboración a las instituciones y todas las aportaciones útiles a los departamentos competentes para ayudar a aclarar la difícil situación que se había producido. De hecho, también tras la reciente sentencia del TAR del Lacio que lo consideró inútil y, por tanto, también inadecuado a efectos de exclusión de responsabilidad penal, la circular ministerial aclaratoria emitida en su momento por MASE y MASAF, en los últimos días , tanto los operadores del sector como miles y miles de cazadores han planteado dudas y expresado su perplejidad, pidiendo en voz alta certezas para el ejercicio de su legítima actividad, de cara al inicio oficial de la temporada ya inminente.
Intervenciones aclaratorias
Por este motivo, la Sala de Control había pedido varias veces al Gobierno que interviniera con una medida legislativa eficaz para evitar la situación de incertidumbre y alarmismo que lamentablemente se ha producido especialmente en las últimas semanas. Nos enteramos de que ayer se presentaron finalmente en el Parlamento enmiendas a los textos legislativos actualmente en examen capaces de proporcionar aclaraciones explicativas y de aplicación sobre la legislación reglamentaria comunitaria que prevé la prohibición del uso y transporte de cartuchos que contienen plomo en las zonas húmedas. Estas modificaciones, según se ha sabido, prevén, por un lado, únicamente la aplicación de una sanción administrativa para quienes lleven consigo municiones que contengan plomo en el interior o a menos de cien metros de una zona de humedal, y por otro, definen que Se consideran zonas húmedas las contempladas en la Convención de Ramsar (e incluidas en la lista correspondiente), las que se encuentran dentro de Lugares de Importancia Comunitaria (LIC) y Zonas de Especial Protección (ZEPA), así como las que se encuentran dentro de reservas naturales o en áreas protegidas. .
Cazando con alma serena
De los cambios propuestos, una vez aprobados, se deduce también que se superarán los problemas de carácter penal, en particular los relacionados con la simple posesión y/o el mero transporte de municiones de plomo cerca de los humedales. También debe garantizarse que no se apliquen sanciones a quienes demuestren que no quieren utilizar munición de plomo en la zona prohibida, ya que se encuentran sólo en la fase de tránsito. Las modificaciones propuestas deberán ser examinadas y aprobadas por el Parlamento en las próximas semanas y, teniendo en cuenta el calendario de los procedimientos previstos en nuestra Ordenanza, podrían producirse efectos positivos a partir de la próxima apertura de la temporada de caza. Se nos ha informado que esta actividad legislativa en curso y el valor aclaratorio correspondiente se comunicarán ampliamente a los órganos de supervisión y control. Si bien consideramos que, como hemos solicitado reiteradamente, el asunto debería haberse gestionado en menos tiempo y con métodos más eficaces, como la emisión de un decreto-ley específico, consideramos, no obstante, que las enmiendas presentadas en el Parlamento pueden serán útiles para calmar el inicio de la temporada de caza, confiando en que podrán evitar disputas innecesarias y dar más claridad a los cazadores italianos, que tienen derecho a ejercer su actividad en el marco de la certeza de las normas existentes y de los contenidos y límites de las la su aplicabilidad. Hay que salir a cazar con la mente serena y sin temer sanciones, incluso de carácter penal, aunque los cazadores sean conscientes y correctos en su comportamiento e intenciones (fuente: FIDC).