El presidente de la Región de Liguria firmó la orden que introduce la posibilidad de ejercer todas las formas de actividades cinegéticas en toda la zona territorial o zona alpina de registro durante los días insertados por el último Dpcm en la zona crítica naranja, incluso fuera del Municipio de residencia, domicilio u hogar. Esto es lo que proporciona específicamente el texto:
1. Para la realización de actividades de caza y control de vida silvestre, en los días en que se apliquen las medidas a que se refiere el artículo 2 del Decreto del Primer Ministro. Diciembre 3 2020, se permiten movimientos fuera del municipio de residencia, domicilio u domicilio:
• a los cazadores, para el ejercicio de actividades de caza en la zona de caza o en la zona de caza alpina de residencia o registro de caza, incluida la caza por acecho fijo y las actividades que se realizan en la fauna y el agroturismo - fincas cinegéticas y todas las actividades complementarias a la caza y control, como por ejemplo, el adiestramiento y adiestramiento de perros, la recuperación de ungulados heridos y el transporte y tratamiento de los cadáveres a los centros de acopio correspondientes, en cumplimiento de la normativa del sector;
• al sujetos autorizados las intervenciones de control y contención coordinadas por la Superintendencia Regional;
2. La actividad de caza y las actividades de control de la vida silvestre se limitan a los residentes o domiciliados o que residen en Liguria únicamente y exclusivamente dentro de las fronteras administrativas regionales; la existencia de domicilio o residencia en Liguria debe probarse mediante autocertificación.
3. Los desplazamientos así como el ejercicio de todas las actividades antes señaladas deberán realizarse de conformidad con las medidas de distanciamiento social y con el uso del equipo de protección personal provisto.
La ordenanza entra en vigor a la medianoche del 24 de diciembre de 2020 y es efectivo hasta la medianoche del 24 de enero de 15.