Federcaccia y CCT en los últimos días han comunicado debidamente a sus asociados la publicación de la sentencia del Tribunal Administrativo Regional de Toscana que declaró la ilegitimidad del calendario de caza de la Toscana 2018/2019 limitado (a) a la anticipación de la fecha de cierre de la caza de la especie en cuestión por el preapertura de la misma duración que los dos días de caza real (en lugar de una duración igual al período completo entre el 1er y el tercer domingo de septiembre) y (b) al final de la caza de becada establecido el 31 de enero (en lugar del 10 de enero).
Detrás de las excepciones de inadmisibilidad y las defensas formuladas en los tribunales por Federcaccia y el CCT el asociaciones ambientalistas / proteccionistas en cambio, consideraron oportuno "retirarse" y renunciar a las muchas razones adicionales de apelación que se referían a:
- la obligación de anotar en la tarjeta de caza los animales recogidos sólo después de haber comprobado la matanza;
- exención del control de las bolsas de caza y de la matanza en las explotaciones de caza del agroturismo;
- la exención de los días dedicados a la caza para la selección de ungulados del cálculo acumulativo de los días de caza;
- los períodos de muestreo de todas las especies de aves migratorias (con la única excepción, por supuesto, de la becada).
La denuncia relativa a la apertura anticipada de la temporada de caza a la especie también fue rechazada por infundada. estornino, tórtola, paloma torcaz, mirlo, urraca, arrendajo, cuervo encapuchado, trullo, pato real y garganey sin adquirir la opinión de Ispra.
Como puede verse, el atractivo de las asociaciones ambientalistas / proteccionistas fue más que eficazmente opuesto por Federcaccia y CCT. Esto especificado para la información necesaria y completa de nuestros miembros, después de haber examinado las razones de la decisión de la TAR de Toscana, Federcaccia y CCT han tomado la decisión de ordenar a sus abogados que apelen al Consejo de Estado en lo que respecta a los dos puntos del calendario de caza toscano 2018/2019 considerados ilegítimos por los Jueces Administrativos. Como se indica en la oración, una vez que se ha decidido la preapertura de la caza para algunas especies, independientemente del número de días efectivamente autorizados, siempre se debe restar el período de tiempo completo desde el 1 al tercer domingo de septiembre de la caza ordinaria. período. Así, con solo dos días de preapertura, los cazadores se vieron privados de tres semanas de actividad cinegética.
Y esto sin el Consejo de Estado, en la suspensión, y luego el TAR de Toscana, con la sentencia, han proporcionado alguna razón plausible, aplastando, en cambio, una opinión de ISPRA de unas pocas líneas que en realidad no dice nada al respecto. En cuanto al cierre anticipado de 10 enero de la caza de la becada, esta fecha fue establecida por los Jueces Administrativos, en contraste con la ley y con todos los hallazgos científicos más recientes que justifican el 31 de enero, siguiendo también la opinión de Ispra, que no tiene nada de científico y que representa solo la opinión personal. de un empleado del Instituto con un firme dominio de los datos científicos (Conceptos clave) incluso de 2001 que, aunque carente de valor legal, podría superar el art. 18 de la Ley 157/1992 que, revisada en 2010, confirmó la idoneidad de la fecha de cierre a 31 de enero para la becada. También es sorprendente que los Jueces Administrativos, progresivamente, tiendan esencialmente a querer transmitir la opinión de Ispra sobre los calendarios de caza regionales que no solo son obligatorios sino también vinculantes, como lo fue para el calendario de caza de Toscana 2018/2019, cuando el cierre de la caza de becada el 31 de enero se justificó por un seguimiento específico realizado en marzo 2016-2017-2018 por nuestros miembros especialmente capacitados y apoyados por los científicos más recientes. estudios proporcionados en gran parte por la Oficina de Migración de Aves de Federcaccia.
Todo inútil, porque los Jueces Administrativos consideran insuperable la opinión de Ispra, a pesar de su evidente generalidad (todos los años es prácticamente idéntica para todas las Regiones). Esto no sólo contrasta con la ley sino que representa una "invasión de campo" no permitida de los Jueces Administrativos en las valoraciones de mérito que le corresponden a las Regiones en materia de caza. Con la consecuencia de que Desde hace algunos años, los calendarios regionales de caza se han confiado de forma desigual a los llamamientos de asociaciones ecologistas / proteccionistas. ya las decisiones cautelares de los Tribunales Administrativos y del Consejo de Estado, además luego de que los cazadores ya hayan pagado los derechos de concesión acordes con toda la temporada de caza establecida especie por especie por el art. 18 L. 157/1992. El resultado está ahí para que todos lo vean: diferencias incomprensibles en los calendarios de caza incluso en las Regiones vecinas como sucedió este año donde, gracias a los Jueces Administrativos, la caza de la becada en Liguria terminó el 31 diciembre, en Toscana el 10 de enero, en Umbría y en las Marcas el 31 de enero ... a pesar del principio de precaución tan invocado y con el debido respeto a la necesidad de una conservación homogénea de la especie y un trato igualitario de los derechos de los cazadores .
Estas son las razones por las que Federcaccia y CCT han decidido apelar contra la sentencia del TAR Toscana, asumiendo, en caso de confirmación por parte del Consejo de Estado, llevar la cuestión también a nivel europeo, donde estamos seguros de que lo haremos. al menos ser escuchado. y donde Podremos ilustrar los numerosos ejemplos de exceso de poder judicial ejercido por los Jueces Administrativos italianos contra los cazadores. cada vez hablamos de aves migratorias cuya protección es de interés internacional y no se detiene en las fronteras de los estados individuales. Es desconcertante, de hecho, leer la sentencia del TAR Toscana y no encontrar ni una línea de motivación en relación a los extensos y documentados argumentos realizados en este sentido por Federcaccia y CCT. Por todo lo anterior, por tanto, el compromiso continúa con renovado vigor para que se reconozcan nuestras sólidas posiciones científico-técnicas y legales.