En la pelea sobre la caza en derogación y las opiniones de ISPRA con supuestas intrusiones de la Comisión Europea en la legislación italiana por parte de LIPU, Federcaccia después de haber hecho algunas aclaraciones a partir de algunas sugerencias.
De hecho, la Oficina de Migración de Aves de la FIDC sugiere directrices para la aplicación del régimen de excepciones según el artículo 9, apartado 1, letra c, de la Directiva comunitaria 2009/147 / CE.
El mayor conflicto en relación con la aplicación de la Directiva sobre aves 2009/147 / CE se refiere al uso del régimen de excepciones por parte de los Estados miembros. En particular, en Italia existe un acalorado debate sobre la aplicación de las excepciones según lo dispuesto en el art. 9 apartado 1 letra c) de la directiva, que permite la retirada de pequeñas cantidades con un uso razonable y en condiciones controladas de forma selectiva. Para favorecer la correcta aplicación y poner fin al conflicto sobre la aplicación de las excepciones, la Comisión Europea de Medio Ambiente "elaboró" en 2009 una "Guía de la disciplina de la caza a la luz de la Directiva de Aves" que reunía en la mesa de trabajo conjunta un grupo de expertos del mundo medioambiental, cinegético, agrícola y científico. El objetivo era acompañar la aplicación de las disposiciones de la directiva siguiendo la “guía”, por lo tanto también en la aplicación de las excepciones.
Un documento considerado a nivel de la UE "decisivo para eliminar esos márgenes de malentendido sobre la correcta lectura y aplicación de la directiva (reconocido por la propia LIPU-BirdLife International en el documento “Aplicación de la Directiva de Aves a la luz de la Guía Interpretativa de la Comisión Europea de Medio Ambiente” de Ariel Brunner y Danilo Selvaggi).
A continuación se presentan las indicaciones, en nuestra opinión imprescindibles, para aplicar correctamente el régimen de excepciones según la letra c).
1) Identificación precisa de los cazadores autorizados a la derogación con autorización nominal expedido a una cuota definida de cazadores de la Región o Provincia en la que se aplica la excepción. Esto significa que no todos los cazadores de una región o provincia específica pueden estar autorizados a cazar por derogación. En cambio, es necesario que las provincias o regiones implementen un sistema de solicitud de caza preventiva en derogación para cada cazador, a realizarse dentro del mes de junio-julio anterior a la temporada de caza, con la liberación de la autorización, acompañada de la información completa. a continuación se informa (punto 2). Este sistema permite la importante ventaja de conocer el número exacto de cazadores que realizarán los retiros en derogación, permitiendo que el número de animales que se pueden recolectar se divida por un número menor de cazadores que el total regional, con un incremento en el número de animales que se pueden recolectar por persona. Es conocido y comprobado que los cazadores interesados en las especies despectivas son solo una parte de los totales regionales o provinciales.
2) Identificación precisa del lugar donde se ejercerá la caza mediante excepción, o acecho fijo o, en el caso de caza por acecho temporal o errante, limitación a no más de dos / tres municipios en los que se debe realizar la caza. Esto permite que las actividades de control sean más sencillas por parte de los órganos a cargo.
3) Métodos de control de las bolsas de caza: suministro al cazador autorizado a cazar por derogación de una serie de marcas inamovibles. correspondiente a la cuota asignada anualmente, que se colocará en la cabeza de caza muerta tan pronto como se haya realizado la captura. Cuando el cazador ha terminado las marcas correspondientes a la tasa anual que se puede cazar, ya no puede cazar por derogación. Suministro de una tarjeta en la que se debe marcar el animal sacrificado de una especie derogada tan pronto como se recoja y marque. Transmisión a las Administraciones por métodos electrónicos e informatizados del número de animales sacrificados cada dos semanas.
4) Temporadas de caza: la duración de la temporada de caza en derogación. necesariamente debe estar claramente restringido en comparación con la temporada normal de caza. Se cree que la temporada para cada especie no debe exceder el mes y medio.
5) Informes precisos a la Unión Europea por parte de las regiones o provincias, de los controles realizados en la temporada de caza en excepción, es decir, número de animales capturados, número de cazadores autorizados, distribución estacional de las muestras, controles realizados e infracciones detectadas, tipo de sanciones aplicadas, evaluaciones de la presencia de especies de caza en humillación.
6) Pequeñas cantidades: en la página 89 de la Guía de interpretación de la directiva (versión en inglés) hay un ejemplo para el cálculo de pequeñas cantidades para las especies de riel de agua. A partir de los datos disponibles (en este caso los del Atlas europeo de aves reproductoras EBCC), integrados con las tasas de mortalidad presentes en la literatura, llegamos a una determinación de las pequeñas cantidades a nivel de “continente Europa”. Por tanto, se muestra que es posible realizar un cálculo a partir de los datos disponibles. Para aplicar las pequeñas cantidades a las regiones italianas, obviamente sería necesario conocer el tamaño de las poblaciones en tránsito e invernada en cada región. Dado que esta evaluación es ciertamente difícil, a la espera de estudios particulares en cada región, sin embargo, en nuestra opinión, es posible un cálculo a nivel nacional, a partir de las estimaciones de población total proporcionadas por varios organismos, por ejemplo BirdLifeInternational. Posteriormente, es posible una separación de la cantidad nacional entre las diferentes regiones involucradas en la caza en excepción. Una alternativa podría ser una gestión estatal centralizada de la caza en derogación con oficinas competentes y eficientes.
Respecto a los dictámenes de ISPRA de los últimos años, en los que se manifiesta que no existe conocimiento suficiente para determinar las pequeñas cantidades, señalamos que las estimaciones de población de BirdLifeInternational, que son aproximadas por naturaleza, y las propias evaluaciones del organismo de las tendencias de las especies y el estado de conservación, siempre son tomadas en cuenta por ISPRA en la preparación de opiniones e informes científicos. A las dos en punto, o las estimaciones no son confiables, entonces las definiciones de declive y estado de conservación también son especulaciones, o son confiables y por lo tanto, con un grado obvio de aproximación, es posible un cálculo confiable de pequeñas cantidades, al menos a nivel de nacional.
En nuestra opinión, los puntos antes expuestos transponen las disposiciones de la directiva para la aplicación del régimen de excepción según la letra c) y pueden hacer posible afrontar las evaluaciones de la Unión Europea con mayor certeza que la que actualmente están implementando las Regiones italianas. De hecho, debe recordarse que para la Directiva y para la Guía Interpretativa las excepciones representan una excepción y que, por lo tanto, no pueden entenderse como "adiciones" regulares a la actividad de caza normal permitida en especies de caza. Para una mayor coherencia del Estado italiano también sería necesario que se remitiera una solicitud a la UE para la modificación del anexo 2/2, solicitando la inclusión de la especie objeto de derogación, o, además de la transferencia, también pinzón, zarza y frosone, todas las especies que hoy se consideran en un estado de conservación favorable.
De esta manera se entiende que Italia tiene la intención de cazar estas especies, y que, a la espera de las modificaciones de los anexos, se está procediendo al régimen de derogación, sin embargo, implementado con todas las regulaciones necesarias. Las resoluciones o leyes regionales que han sido aplicadas por varias regiones italianas han mejorado en los últimos años el cumplimiento de los requisitos de la directiva.Sin embargo, según esta Oficina, aún deben tomarse algunas medidas para evitar procedimientos de infracción y posteriores condenas por parte del Tribunal Europeo.
Los puntos expuestos anteriormente apuntan en esta dirección.
Oficina de aves migratorias
lorenzo carnacina
Miguel Sorrenti