Perros de caza: Prosegugio Lombardia expresa su opinión sobre el uso de collares electrónicos para el adiestramiento canino.
Incluso frente a las noticias recientes de la semana pasada, que involucraron a un cazador por usar el collar de addestramento con impulsos electrónicos para adiestrar al perro durante la actividad cinegética, una evaluación serena y muy intelectualmente honesta sobre este tema tan delicado se considera al menos necesaria. En la sociedad contemporánea, nada se ha convertido en objeto de atención psicosocial como la cuestión del bienestar animal y, por el contrario, los casos de maltrato animal, que desde 2004 están sancionados como delito, irritan enormemente la sensibilidad colectiva. De esta manera queremos resaltar que el maltrato a los animales es un hecho reprobable, pero su existencia no puede basarse exclusivamente en la sensibilidad de las personas: perceptibilidad emocional que por su naturaleza está contextualizada, y como todos sabemos, cambiante a las condiciones temporales y económicas, por ejemplo, piense en la relación entre humanos y animales a principios del siglo XX.
Por otro lado, dar una definición indiscutible a los conceptos de la medicina veterinaria, incluidos los de bienestar y maltrato, estrechamente ligados a la salud animal, es una tarea realmente difícil, si no imposible. De hecho, estos aspectos clínicos deben probarse sobre la base de un informe científico elaborado por profesionales del campo de la ciencia veterinaria. Y a estas alturas, sin demasiado sarcasmo, deberíamos estar acostumbrados a los resultados que reciben los innumerables asesoramientos técnicos que requiere el Poder Judicial para llegar a un juicio: no pocas veces los peritajes sobre un mismo caso llegan a conclusiones todo menos unívocas ...
Tras esta necesaria premisa, es fácil comprender cómo la pregunta relativa a las posibles repercusiones en la salud del perro derivadas del uso del collar de pulso electrónico con fines de adiestramiento no es fácil de leer, de hecho nos encontramos caminando por un camino, científicamente poco conocido y, por tanto, muy escurridizo jurisprudencialmente hablando. En varios sitios web y en tantos periodistas, a menudo aparecen artículos que informan sobre condenas por maltrato animal contra propietarios que han usado el collar eléctrico, pero es bueno enmarcar algunos puntos fijos de la historia. En 2006, en Roma, el Tribunal Administrativo Regional de Lazio anuló por falta de evaluaciones técnicas adecuadas, una orden con la que el Ministerio de Sanidad pretendía prohibir el uso del collar eléctrico en el adiestramiento de perros: de ahí el collar electrónico puede ser vendidos y utilizados en todo el territorio italiano.
El pasado mes de diciembre, el Tribunal de Casación sancionó a todo aquel que utilizara el collar electrónico con fines de adiestramiento, no por el delito más grave de maltrato animal, sino por el más mínimo delito - desde el punto de vista sancionador - de "abandono de animales", no reconocer el elemento de mala conducta intencional en la conducta del capacitador que utilizó esta herramienta. Aún sobre el tema, algunas de las sentencias de este año emitidas por el Tribunal Penal de Bolonia vieron a los entrenadores que habían utilizado correctamente el collar electrónico totalmente absueltos, debido a la inexistencia del hecho.
No está nada fuera de lugar, con una buena dosis de pragmatismo, hacer estas dos simples reflexiones interrogativas: ¿cómo es posible demostrar la voluntad de querer lastimar a un perro durante la actividad de adiestramiento, si el adiestrador utiliza la herramienta como fabricado y de acuerdo con las instrucciones del fabricante? Además, no es aceptable que un Estado, por un lado, permita la producción, venta, posesión y uso de collares eléctricos y, por otro, penalice su uso. Estas preguntas son casi paradójicas pero, al mismo tiempo, lamentablemente, muy reales. Pero las respuestas invocadas deben ser consideradas necesarias -como algunos podrían argumentar polémicamente- no solo para los amantes de los perros, o de los cazadores, o de los Cuerpos de Control, o de los Veterinarios, sino única y sobre todo para salvaguardar el bienestar de nuestros auxiliares caninos durante las actividades de formación.
Preguntas que, como ya se ha comentado en los últimos años, se han agudizado con el creciente sentimiento de la sociedad hacia los animales, en particular los del afecto, a los que también pertenecen plenamente los perros de caza, para encontrar una respuesta deben necesariamente seguir lidiando con la evolución técnica de la electrónica. collares, con la ciencia médica veterinaria, y por conexión, con los juicios que se han producido en diferentes grados de juicio sobre la materia. En conclusión, dados los puntos cardinales hasta aquí referidos sobre la cuestión, todavía hoy lejos de estar libre de prejuicios, se considera lícito el uso correcto del collar de pulso electrónico con fines de entrenamiento.
El presidente de la región de Lombardía Pro Segugio
(19 de noviembre de 2014)