El papel de la Federcaccia
Por último, la Región de Lombardía ha aceptado el llamamiento lanzado decenas de veces por la Federcaccia Brescia a través de la columna Cacciapensieri para formalizar un acto formal ante el Gobierno por la acción perpetuamente contra la caza de ispra. Por iniciativa de Floriano Massardi pero con el apoyo de los demás concejales Carlo Bravo y Claudia Carzeri, se redactó un documento en el que luego se recogieron las firmas de los concejales mayoritarios. Hasta 42 han puesto su firma a un total de 48 concejales que apoyan la presidencia de Fontana. Un resultado extraordinario que demuestra el compromiso de quienes redactaron el documento y su importancia, un documento que no dejará indiferentes a los ministros y al Gobierno. Sería conveniente que otras regiones que sufren diariamente las opiniones ideológicas y no técnicas de Ispra presentaran también una iniciativa similar, haciendo aún más urgente la acción institucional.
Un cortocircuito histórico
A continuación se muestra el texto de la carta dirigida a los ministros Lollobrigida y Pichetto Fratin: “Existe la obligación de informar de una anomalía en el sistema de ejecución de las tareas institucionales atribuidas al ISPRA por el artículo 2 del Decreto del 21 de mayo de 2010, n. 123. La sentencia estigmatiza un cortocircuito histórico identificado en la cronicidad de la estrategia de acción del ISPRA, que idealmente discurre siempre por el mismo camino guiado por una orientación unívoca y constante, a menudo obstaculizante y con un efecto paralizante respecto del ejercicio de las prerrogativas y de las decisiones. cumplir las obligaciones impuestas a la cabeza de las Regiones. Las proporciones del problema van desde las opiniones sobre las excepciones previstas en la Directiva 2009/147/CE y la correspondiente "Guía sobre la disciplina de la caza" -ya mencionada en la frase- hasta los calendarios regionales de caza".
Régimen de excepción
“Así lo confirma la detención jurisprudencial del Consejo de Estado que, al pronunciarse definitivamente, censura el comportamiento omisivo del ISPRA en referencia a la falta de opinión del Instituto sobre todas las cuestiones asignadas por la Región de Liguria. Cabe subrayar que las solicitudes, en este caso, se referían al dictamen sobre el régimen de exención para la captura de aves y la determinación de la llamada "pequeña cantidad". El dictamen obligatorio, pero no vinculante, se emitió para la excepción (en nombre de la denegación), pero no para la identificación de la pequeña cantidad. Existe, por tanto, un estilo de actuación cercano a la búsqueda de una imposición coercitiva que el dictamen reglamentario no otorga a los dictámenes del Instituto, al considerarlo un órgano de apoyo científico altamente cualificado, pero sin el poder de decisión conferido al público competente. administración conforme al artículo 117 de la Constitución".
Objetividad y cientificidad.
También se reflexiona en profundidad sobre la estructura financiera del Instituto que se sustenta íntegramente con fondos públicos tanto para garantizar su funcionamiento como para la defensa jurisdiccional encomendada a la Abogacía del Estado. Por lo tanto, es urgente una reorientación incisiva hacia la corrección de la acción del ISPRA que, en el desempeño de sus funciones, persigue objetivos de objetividad y cientificidad, respetando las disposiciones legales vigentes, para cumplir sus funciones y evitar la multiplicación de los litigios sobre las cuestiones puestas de relieve por la sentencia 982/2024, habida cuenta de la publicidad realizada por ella y de la reiteración de los métodos de trabajo del Instituto. Confiando en su oportuna intervención dentro de la alta dirección de ISPRA, esperamos comentarios sobre lo anterior. Además, con vistas a la cooperación interinstitucional, se propone una reunión sobre el tema en cuestión en una fecha que se acordará lo antes posible" (fuente: FIDC Brescia).