Caza: Umbría, el TAR Umbría suspende los días previos a la apertura de la especie Marzaiola previstos para el 1 y 7 de septiembre de 2014, aceptando el recurso de los peticionarios como medida cautelar.
"Con decreto cautelar núm. 106 de 25 de agosto de 2014, el RAT de Umbría suspendió la pre-apertura del caza de garganey los días 1 y 7 de septiembre, en recurso de apelación de la Asociación de Víctimas de la Caza, presentado por el abogado Massimo Rizzato de Vicenza ". Esto es lo que subraya la asociación en una nota.
“De hecho, se reconocieron las siguientes consideraciones - prosigue el texto difundido por la Asociación de Víctimas de la Caza -: violación del art. 18 segundo párrafo L.157 / 92 y violación del art. 32 LR 1494, Exceso de poder por falta de motivación. Es decir, por el incumplimiento de las disposiciones de la citada ley en relación a las "situaciones ambientales de las diversas realidades territoriales", pero también ante la ausencia de un adecuado Plan Cazador de Fauna Silvestre ".
“Ninguna de las dos condiciones parece ser satisfecha por la Región - continúa la nota de la asociación -: para el Marzaiola de hecho, la precaución debe ser máxima porque la conservación está amenazada, Ispra indica que el gargane está 'en declive (espec. 3) 'y que' una anticipación de la apertura de la caza a principios de septiembre, sin embargo, conllevaría el riesgo de sacrificio de los sujetos que se han reproducido localmente, introduciendo un posible factor limitante para un fenómeno de colonización natural que en cambio debe ser apoyado '. La Región ha adoptado su propio Plan de Caza de Fauna Silvestre -con un vencimiento de cinco años- con resolución del Consejo Regional de 2179 y por lo tanto el mismo estuvo vigente hasta la última temporada de caza 201314 ”.
“Demasiadas regiones - agrega la Asociación Víctimas de la caza - que no actualizan sus Planes de Caza de Vida Silvestre, sin embargo, emitiendo todo tipo de leyes y normativas encaminadas a favorecer la presión cinegética en el territorio, sin tener en cuenta el cambio de condiciones ambientales y faunísticas pero también urbano y antrópico. De hecho, cabe recordar que los Planes de Caza de Vida Silvestre representan, en resumen, la planificación de todo el territorio nacional con el propósito de explotar los recursos de vida silvestre, que realiza la región, que identifica áreas específicas sin, con demasiada frecuencia, tomar en cuenta asentamientos urbanos, casas dispersas, calzadas, etc.
Esta planificación da lugar entonces a escrituras y autorizaciones de las autoridades locales (provincias y ATC - áreas territoriales de caza) que de hecho autorizan tipos de caza incompatibles con la presencia humana y en claro contraste con lo dispuesto en el artículo 21, párrafo 1, lett. a), e) yf) de la ley 157/92 sobre distancias de seguridad, en función del alcance de las armas utilizadas ".
(28 de agosto de 2014)
Fuente: QuiPerugia