El nuevo Plan de Caza de Vida Silvestre de la Provincia de Nuoro permitirá el manejo de la fauna a nivel provincial, permitiendo la inclusión de oasis naturales y áreas de repoblación.
Se ha adoptado el nuevo Plan Provincial de Caza de Fauna Silvestre para la provincia de Nuoro con el que se establecerán los ATC y la gestión de la fauna se realizará a nivel provincial más que regional; de esta forma se establecerá un mayor vínculo entre el cazador y el territorio.
Esta fase de adopción del Plan de Caza de Fauna Silvestre por parte de la Diputación se considera fundamental y preparatoria para el posterior sometimiento al procedimiento de Evaluación Ambiental Estratégica.
El concejal de Medio Ambiente, Franco Corosu, explica: “Los documentos serán publicados y archivados por un período de sesenta días durante el cual cualquiera puede ver la propuesta y presentar sus observaciones. Tras la presentación de las observaciones, será posible revisar el propio Plan y posteriormente su aprobación final. La Comarca nos ha pedido que elaboremos propuestas de planes provinciales de Fauna para llegar a la redacción del Plan Regional de Fauna ”.
De hecho, desde 2005 se ha puesto en marcha una especie de consulta entre los municipios de la provincia de Nuoro para compartir la posibilidad y las distintas propuestas relativas al establecimiento de oasis de fauna y la inclusión de áreas de repoblación y captura en el Plan de Fauna.
De hecho, dice Corosu “La creación de oasis y áreas de repoblación es un paso muy importante para la conexión de áreas de alto valor naturalista, presentes en el territorio provincial. El objetivo que se pretende alcanzar con estos nuevos institutos es la conservación de los hábitats naturales, el refugio, el descanso y la reproducción de especies silvestres con especial referencia a las especies protegidas en peligro de extinción ”.
Además, el comisionado desea aclarar: “Los oasis son, de hecho, el único instituto de gestión de la vida silvestre, entre los previstos por la L.157 / 92, con el único propósito declarado de proteger las poblaciones de vida silvestre. Las áreas de repoblación y captura temporal, previstas por la Ley Regional No. 23 de 1998, son en cambio áreas prohibidas para la caza, establecidas en áreas aptas para la puesta en escena y desarrollo de vida silvestre sedentaria y migratoria ”.