El Consejo Regional de Veneto, aprobó con 34 votos a favor y 14 abstenciones (los consejeros minoritarios y FdI) la Pdl n. 140 “Modificación de la ley regional de 9 de diciembre de 1993, n. 50 'Reglas para la protección de la vida silvestre destinada a la caza'”. La ley trata de conciliar las necesidades de la agricultura con las de la caza. Como señaló el ponente, “La Región del Véneto, con la ley n. 50 de 1993, define las condiciones legales necesarias para regular, como parte de una ordenación racional del territorio, la caza. Corresponde a la Región, en efecto, planificar la fauna cinegética de todo el territorio agrosilvopastoril en pleno cumplimiento de la ley no. 157 de 1992. Esta ordenación del territorio ha encontrado recientemente una nueva puesta en marcha con el plan cinegético de fauna salvaje aprobado por el Consejo Foral con la ley autonómica de 28 de enero de 2022.
De particular importancia son las disposiciones deArte. 15, párrafo 7, de la ley núm. 157/92 que, con objeto de proteger en particular la actividad agraria, establece expresamente: 'En todo caso, está prohibida la caza en forma errante en terrenos actualmente en cultivo'. Con el fin de ofrecer una defensa más amplia y eficaz para agricultores, sus tierras y activos de la empresa, se introdujo una disposición legislativa específica en la Ley Foral 50/1993, apartado 3 bis y apartado 3 ter del art. 27. El numeral 3 bis establece que “No está permitido disparar durante la caza en forma perdida dentro de viñedos y olivares con sistemas de riego por goteo no enterrados, dispuestos a lo largo de la hileras de cultivos, así como disparar en dirección al mismo terreno a menos de 50 metros”, en beneficio de los llamados sistemas de riego 'a la vista', no enterrados, técnicamente definidos como 'sistemas de riego por goteo aéreo, con líneas de goteo' instalado a lo largo de las hileras de viñedos y olivares.
La intención es evitar que durante la actividad cinegética se presenten casos de pinchazo de las tuberías de los sistemas de riego antes mencionados que representan bienes de la empresa debido a lauso de armas de fuego, impidiendo su uso cuando se está tanto en el interior del cultivo bajo protección como en el exterior. El apartado 3 ter del art. 27 establece “La prohibición a que se refiere el inciso 3 bis no se extiende a disparar con fusil en muestreo selectivo y a control de vida silvestre de conformidad con el artículo 17 y no se trate de terrenos no delimitados previamente por tablas, por los propietarios, según el modelo y las modalidades de fijación definidos por el consejo regional”.
Por su parte, la coponente minoritaria explicó que el deseo de conciliar las necesidades de la agricultura y la caza es positivo, pero no podemos ignorar la necesidad de contener los gastos a cargo de los agricultores, evitando imponerles la obligación de señalizar el perímetro del terreno afectado y la reposición de una o varias hileras de tuberías dañadas por disparos. Espero conducir a 70 mt la distancia mínima desde la que es posible disparar.