El 28 de abril Tribunal Administrativo Regional de Lombardía emitió una sentencia bastante importante desde el punto de vista de la caza. De hecho, se solicitó a la sección separada de Brescia que evaluara el recurso presentado por el LAV (Liga Anti-Vivisección) contra Provincia de Brescia y contra el Sindicato Provincial de Agricultores para cancelar la plan de contención y erradicación de la nutria.
Hablamos de la escritura emitida el 21 de enero por el director del Sector de Agricultura, Caza y Pesca de la provincia de Lombardía. LAV también solicitó que se cancelen las reglas de este plan. Los jueces administrativos encontraron varias anomalías en el rienmiendas al anexo A de las directrices regionales curso. En primer lugar, no se consideró que la asociación ambiental tuviera derecho a intervenir para proteger una especie como la nutria, dado que no esta protegido y se considera que se destruye como dañino.
Además, se determinó que el plan de contención cumplía con la Constitución: como se subraya en la sentencia, la contención se lleva a cabo no solo por sujetos indicados por la ley de caza, sino también por ciudadanos voluntarios (después de seguir los cursos de formación). Importantemente, la contención y la erradicación no pueden considerarse "caza", a diferencia de lo que LAV había explicado. Por tanto, se ordenó a este último que reembolsara a la provincia de Brescia, a la Unión Provincial de Agricultores y a la región de Lombardía los gastos del juicio.