A saber, dado que: El artículo 21 de la Ley 157/92 modificada por el Decreto Legislativo n. 91 de 2014 convertida, con modificaciones, en ley no. 116 de 2014 prohíbe a cualquier persona vender, retener para vender, transportar para vender, comprar aves vivas o muertas, así como sus partes o derivados fácilmente reconocibles, incluso si se importan del extranjero, pertenecientes a todas las especies de aves que viven naturalmente en el estado silvestre. en el territorio europeo de los Estados miembros de la Unión, a excepción del ánade real, la perdiz roja, la perdiz sarda, la perdiz gris, el faisán y la paloma torcaz.
La entrada en vigor de las enmiendas a la ley nacional de caza (157/92) impide efectivamente la venta de cualquier ave silvestre y ni siquiera será posible importarlas de un país no europeo porque el legislador, para evitar la triangulación, impide la comercialización y compra de aquellas especies que, aunque provenientes de lejos, también existen en los territorios de los estados europeos.
En la interpretación de la ley, el asador centenario y tradicional de Brescia, la polenta osei bergamasca en lugar de todos los platos tradicionales centenarios típicos del arte culinario de muchas provincias italianas, no podrá consumir caza menor si no solo en casa por los cazadores, ellos mismos o por los destinatarios del regalo ornitológico; que todo esto no deja mucho espacio para la acción a cientos de restauradores que han puesto su actividad de arte culinario en platos típicos de la zona en los que aparecen pequeños pájaros.
La ley modificada pone efectivamente en riesgo el cierre de la actividad comercial de muchos comerciantes y, en consecuencia, el despido de miles de empleados.
Las modificaciones al art. 21 de la ley estatal n. 157/92 se llevaron a cabo sin que ninguna normativa o legislación europea o internacional lo solicitara; Se nota que en un momento de crisis económica como el que estamos atravesando, se decidió prohibir sin razón el comercio de aves o partes de ellas capturadas o sacrificadas legítimamente en otros países, creo que es miope y ciertamente perjudicial para la economía de nuestro país.
Usted pregunta:
Si, dado el daño económico y social que la ley reformada está generando a miles de ciudadanos y trabajadores, no estima oportuno evaluar las circunstancias antes descritas y conocer la gravedad de la situación, qué medidas urgentes piensa tomar para solucionarlo. el problema.
Hon. Stefano Borghesi
28.11.2014
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