DADO el Decreto del Primer Ministro del 25 de octubre de 2020 relativo a nuevas medidas contra la propagación del contagio del COVID-19;
DADA la Ordenanza no 82 de 20 de octubre de 2020 del región de Campania;
DADA la Aclaración n. 39 de 22 de octubre de 2020 de la Región de Campania;
DADA la Ordenanza n. 83 de 22 de octubre de 2020 de la Región de Campania
Se aclara que:
La actividad cinegética se puede realizar en estricto cumplimiento de las disposiciones ministeriales sobre el uso de equipos de protección personal, el distanciamiento social, el lavado frecuente de manos, la prohibición de reunirse y la prohibición de crear posible propagación de la infección por COVID-19. Por el contrario, según el último DPCM de 25 de octubre de 2020, los eventos y competiciones del sector están suspendidos hasta el 24 de noviembre de 2020, fecha límite en el horario establecido por el propio DPCM.
Queda prohibido practicar la caza en una provincia de Campania distinta a aquella en la que se reside por nacimiento. y en el que se declare el domicilio habitual.
Si el cazador residente por nombre registral en una provincia se encuentra inscrito en las listas de un ATC distinto de su propia residencia registral, no podrá realizar la actividad cinegética en esa zona de caza territorial y para ejercer su derecho deberá recurrir a la reserva de jornadas de caza a través de el trámite de movilidad cinegética en la zona de caza donde tenga su domicilio registrado.
La actividad de caza sigue estando permitida para los cazadores de Campania que están registrados en las listas ATC. fuera de la región y para aquellos que residen fuera de la región y están registrados en un ATC de Campania.
En este caso, solo el cruce de las provincias de Campania que no sean las de residencia registrada puede llegar y / o regresar de un ATC fuera de la región.
También se recuerda que sobre la base del último de los Primer Decreto Ministerial de 25 de octubre de 2020 Todos los clubes recreativos y / o socioculturales deben permanecer cerrados hasta el 24 de noviembre de 2020.
Cabe señalar que el incumplimiento de estas disposiciones conlleva no solo una sanción administrativa sino también una impugnación de conformidad conArt.650 del Código Penal “Incumplimiento de las disposiciones de la Autoridad” que prevé, si el hecho deja de constituir un delito grave, una detención de hasta tres meses o una multa de hasta 206,00 €.
Federcaccia Campania invita a todos los cazadores de Campania a observar escrupulosamente estas disposiciones, especialmente en el ejercicio de Caza de jabalíes cazados y en general en todas las formas de caza que pueden crear condiciones de presencia simultánea de varios cazadores.
Se insta a los Presidentes de Sección a dar la máxima difusión a los cazadores y a solicitar el escrupuloso cumplimiento de todas las disposiciones vigentes. (Oficina de prensa Federación de Campania)