Publicada la reciente decisión del Corte constitucional en materia de legislación autonómica sobre control de fauna relativo a la excepción de constitucionalidad presentada el año pasado a la Ley Regional de cazando en las Marcas. La relevancia con respecto al marco regulatorio y la referencia del Véneto es muy importante, ya que la Corte:
1. Destaca que las decisiones de la misma Corte en comparación con otras regulaciones regionales no están en la presuposición automática de ilegitimidad de otra norma regional; por ejemplo, es el tema del reclamo general de aplicabilidad de la Sentencia 139/2017;
2. destaca el papel de la supervisión de la protección ambiental con respecto al control de la vida silvestre realizado por operadores capacitados y autorizados bajo el control y coordinación de Administración Pública, véanse precisamente las disposiciones del artículo 17 LR n. 50/1993;
3. Destaca el principio comunitario de proporcionalidad como referencia y criterio y no solo el principio de precaución y / o prevención; razonamiento que enmarca el papel real y la importancia del sistema "Operadores capacitados bajo el control y coordinación de la AP" y que está vinculado al razonamiento de TAR Trento con respecto a la ordenanza de la Provincia Autónoma de Trento sobre el oso; el sistema proporcional prevé una discrecionalidad administrativa para la AP, es decir, la Región; 1, 2 y 3 son los principios rectores de los escritos de defensa regional elaborados en su momento con motivo del recurso de apelación contra el artículo 17 LR n. 50/1993.
Entonces una confirmación de la sostenibilidad de las tesis defensivas de la región del Véneto y un elemento positivo adicional que se utilizará en vista de nuevas y previsibles apelaciones contra el artículo 17 LR n. 50/1993.