A través de una resolución de hace una semana el Región de Liguria ha publicado el calendario de caza relativo a la Temporada 2019-2020. Esto es lo que puede leer en el texto, en particular los puntos destacados para guiar a los cazadores de Liguria. Del 1 de octubre al 30 de noviembre se permite la caza de paloma torcaz, mirlo, zorzal común y cesena, sin perjuicio de la exclusión los martes y viernes, dos días más a la semana, en toda la comarca. exclusivamente si se practica acechando, con el límite máximo diario de bolsa de caza de 10 cabezas para paloma torcaz y 15 para mirlo, zorzal común y cesena.
Con respecto al ala roja, solo se permite un día adicional en este período. ¿Qué especies se pueden cazar específicamente?
1) liebre común, conejo salvaje: del tercer domingo de septiembre al 30 de noviembre;
2) codorniz, paloma: del tercer domingo de septiembre al 31 de octubre; para la especie de tórtola de
tercer domingo de septiembre al 30 de septiembre sólo por acecho;
3) perdiz roja y perdiz gris: del tercer domingo de septiembre al 30 de noviembre en base a planes de
tasa elaborada por el ATC y CA, acorde con la dinámica de la población, que
prever la adopción de mecanismos de control de retirada. La Región puede determinar
limitaciones relativas a las zonas y períodos de caza;
4) faisán: del tercer domingo de septiembre al 30 de noviembre; del 1 de diciembre al 31 de enero sobre la base de planes de retiro elaborados por el ATC y CA, acordes con la dinámica de la población que prevé la adopción de mecanismos de control de retiro;
5) becada: del 1 de octubre al 15 de diciembre; del 16 de diciembre al 20 de enero se permiten dos días a la semana, a elección del cazador, con una recogida máxima de una prenda por día. La caza de becada en enero solo puede ejercerse exclusivamente;
6) mirlo, alondra: del 1 de octubre al 31 de diciembre; para la especie de mirlo desde el tercer domingo de septiembre hasta el 30 de septiembre únicamente por acecho, con un máximo, por cazador, de 5 animales por día;
7) Paloma de los bosques: del 1 de octubre al 31 de diciembre; en los periodos: del tercer domingo de septiembre al 30 de septiembre y del 11 de enero al 10 de febrero, exclusivamente por acecho. Del 1 al 10 de febrero, la bolsa de caza máxima diaria por cazador está limitada a 5 animales;
8) tordo cantor: del 1 de octubre al 31 de diciembre; desde el tercer domingo de septiembre hasta el 30 de septiembre solo por acecho; del 1 al 31 de enero, se permiten dos días a la semana en forma de deambular y / o acecho con un máximo de retiro de 10 artículos por día;
9) ala roja: del 1 de octubre al 31 de diciembre; del 1 al 31 de enero, se permiten dos días a la semana en forma de deambular y / o acecho con un máximo de retiro de 10 artículos por día;
10). Cesena: del 1 de octubre al 31 de diciembre; del 1 al 31 de enero, se permiten dos días a la semana en forma de deambular y / o acecho con un máximo de retiro de 10 artículos por día;
11). pato real, polla de agua, focha, trullo, pintail, wigeon, pato cuchara, porrón, garganey, gadwall, batidor, avefría y agachadiza: del tercer domingo de septiembre al 31 de enero;
12). carril de agua: del 1 de octubre al 31 de enero;
13). moretta: del 1 de noviembre al 31 de enero;
14). cuervo encapuchado, cuervo encapuchado, arrendajo, urraca: del tercer domingo de septiembre al 31 de diciembre y del 11 de enero al 10 de febrero;
15). urogallo negro: del 1 de octubre al 30 de noviembre (limitado a hombres); la Región determina, en base a censos de países específicos, la cuota de urogallo que puede ser sacrificado en relación con la consistencia faunística relevada en el territorio y determina los procedimientos para reportar los animales sacrificados con el fin de suspender la recolección.