La Regione Toscana ha decidido acoger el recurso de casación presentado por Federación Italiana de Caza sobre el supuesto fracaso registro de cabezas de caza migratorias después de matar. Un cazador había sido acusado de esta misma violación, aunque el registro no fue comprobado. Los agentes que habían elaborado el informe se habían limitado a aplicar el artículo 12 bis de la Ley Nacional de Caza, que prevé la anotación de la fauna inmediatamente después de la matanza.
La Región ha rechazado todo esto. En particular, el Ley 3 de 1994 insertó la palabra "comprobado" después de la matanza, a fin de permitir la anotación segura de las especies sacrificadas. Tal certeza no es posible hasta que se recoja la cabeza caída y se examinado más de cerca para no tener dudas sobre el reconocimiento definitivo. Un examen demasiado apresurado podría llevar a notar diferentes especies, comprometiendo los datos de la fauna capturada.
La anotación después de cada disparoademás, evitaría eficazmente la caza. En respuesta de la autoridad local, se hizo referencia a la moción por la que el Ayuntamiento se había comprometido a poner en marcha las iniciativas para la correcta aplicación de la ley. El informe impugnado por el cazador ha sido archivado y Federcaccia y la Confederación de Cazadores de Toscana pidieron una mayor vigilancia con respecto a las valoraciones.