También Caza de arco abordó la cuestión de la hipotética prohibición de la caza 500 metros de la costa marina de Apulia. La sección regional expresó todo su desacuerdo, recordando cómo esta cuestión fue planteada por la "Anti-caza por profesión" con tonos intimidantes y fogosos. La intención de la asociación es actuar también desde el punto de vista legal para frenar a quienes han puesto la caza y la caza furtiva al mismo nivel y de manera deshonesta, culpando a los cazadores de responsabilidades inexistentes.
Arci Caccia Puglia todavía quiere responder con la tranquilidad de la razón y, por lo tanto, ha enumerado los dos artículos legislativos que hablan por sí mismos. Esto es lo que es: Artículo 1 ley 157/92: a diferencia de lo que establece la SEA, el artículo 1 párrafo 5 establece que las regiones deben establecer zonas de protección a lo largo de las rutas migratorias de las aves. La región de Puglia ha establecido, durante muchos años, Numerosas zonas de protección a lo largo de las rutas migratorias., dependiente de varios institutos. En este punto no hay ninguna falta, ni siquiera mínima, por parte de la región de Puglia, y menos aún un incumplimiento de la Directiva 147/2009 / CE.
Artículo 21 inciso 2 de la ley 157/92: este artículo prevé la prohibición de la caza a 500 metros del mar, solo si las regiones no han establecido zonas de protección a lo largo de las rutas migratorias. La región de Puglia ha establecido un número muy elevado de áreas sujetas a protección, que limitan la realización de actividades cinegéticas a las aves acuáticas, aunque permitidas por la ley. El comunicado de prensa termina con una cita de una famosa canción de Franco Califano: "El resto es aburrimiento del que se alimentan las anticaccias".