La elaboración de un informe sobre el estado de la Ley 157 / 92 y las leyes relativas a áreas protegidas. El análisis debe ser minucioso y realizado con gran detalle. Es hora de poner estos datos a disposición del mundo científico y legislativo para activar una tabla que compare cazadores, agricultores y ambientalistas, para ver si es posible. modificar la legislación para mejorarla y abordar los problemas que afectan no solo al mundo agrícola, sino que amenazan la propia supervivencia de la vida silvestre.
En este contexto los senadores Taricco, Cirinnà, Ferrazzi, Biti, Messina, D'Arienzo, Vattuone, Astorre, Boldrini, Manca, Stefano, Iori, Rossomando, Fedeli, Laus, Bini, D'Alfonso, Rojc, Pinotti y Alfieri declaró: "El territorio italiano, en su totalidad, ha experimentado profundos cambios ambientales en las últimas décadas, un consumo constante de suelo, un aumento de áreas protegidas y áreas boscosas en general, a veces lamentablemente vinculado al abandono de importantes participaciones agrícolas, especialmente en zonas montañosas y montañosas, con un crecimiento exponencial de especies silvestres y en particular ungulados, que tienen un impacto muy fuerte y en muchos casos insostenible en las actividades humanas en muchas áreas del país.
El aumento exponencial de algunas especies, en particular el jabalí, está provocando problemas crecientes en términos de daños a los cultivos, accidentes de tráfico y riesgos de transmisión de patologías a mascotas o humanos. Según datos de ISPRA, el jabalí es responsable del 85% de los daños a las actividades agrícolas, daños por más de 35 millones de euros. La Ley 157 de 1992 establece las responsabilidades e inversiones de ATC y CA para la restauración ambiental, para el manejo, protección y conservación de las especies silvestres - con especial atención a las poblaciones de ungulados - y lamentablemente ante comportamientos responsables y virtuosos. las situaciones de gestión no son infrecuentes, incluso recientemente terminada ante el Poder Judicial, al menos cuestionable de estas funciones por parte de los responsables, que requieren un control y seguimiento constante.
Entonces decidimos prestar atención los Ministros de política agrícola, alimentaria y forestal y el Ministro de Medio Ambiente sobre la posibilidad de reactivar los procedimientos previstos en el art. 35 - párrafo 1,2 de la Ley 157/92 para que elabore y presente a las Cámaras, o al menos a las Comisiones de Agricultura y Medio Ambiente, un informe sobre el estado de implementación de la citada 157/92, de forma global y precisa, pero anterior todo institucionalmente oficial, visión de 'implementación legislativa en el territorio nacional, sobre la efectividad y también sobre cualquier límite reglamentario en su lugar y, en consecuencia, poner al Parlamento y a las instituciones regionales y locales en condiciones de poder intervenir de manera efectiva en el marco regulatorio mediante la realización de reformas y / o correcciones dirigidas a un mejor manejo de la tierra, a una reducción de problemas, daños y / o accidentes y, en general, a una mayor eficacia en la consecución de los intereses generales ”.