La reciente sentencia de Consejo de Estado norte. 7182 del 22/10/2019 sobre el calendario de caza de la Región de Liguria 2018-2019 nos lleva a considerar seriamente cómo la forma obsesiva de interpretar la protección de la naturaleza, en cumplimiento de la ley, en ocasiones lleva a ignorar cualquier valoración concreta de la protección del medio ambiente y las aves. La oración, por ejemplo, enfatiza repetidamente que las fechas de las décadas "teóricas" de la migración prenupcial, en las que, recordamos, se puede prever la caza, absolutamente no debe superponerse con las décadas "reales" de migración de la especie en cuestión, durante las cuales el el retiro está prohibido. ¿A qué nos referimos?
Que tal suposición es irreal e ilógica, porque no es posible predecir con la escala del farmacéutico y con diagramas teóricos el inicio preciso de la migración, incluso de un solo individuo, y afirmar, dentro de una estricta jurisprudencia europea, que el puesto migratorio -nupcial se puede considerar iniciada para una cierta especie. Si el estado o la región no demuestra con datos científicos y técnicos que no se produce superposición, ya que la anidación termina antes en la región en cuestión o la migración de retorno comienza más tarde, en ausencia de datos regionales, el análisis de superposiciones debe basarse en datos nacionales. (Ed. ¡Italia es más larga que ancha!), de lo contrario no se puede conceder la caza ...
Estamos verdaderamente al margen de cualquier ley natural, como si en junio (el plazo de aprobación de los calendarios de caza) pudiéramos saber qué ocurrirá seis meses después, con la influencia decisiva que las condiciones meteorológicas ejercen sobre el paso. P.ej, bastaría con asumir lo temido por el Ala Roja (Turdus iliacus) o por la Peppola (Fringilla montifringilla), de los cuales todos afirmaron un fuerte descenso, casi profetizando su desaparición y que, en cambio, aparecieron en octubre de 2019 en notables cantidades anticipadas, presagiando quizás un duro invierno en las latitudes de su estacionamiento habitual.
La síntesis de esta ruptura irremediable entre las leyes escritas por el hombre y las leyes naturales es la de la sabia toma de que incluso los cazadores furtivos del pasado (cuando, por así decirlo, en la montaña la gente pasa hambre) respetado en su actividad depredadora, aunque sólo sea para que no falle, la fuente de sustento. Es necesario formalizar planes de manejo para cada especie con modalidades claras y límites de recolección diarios y estacionales igualmente claros. Debemos ser conscientes de que el hombre es el administrador de la naturaleza, en el centro de una creación, para quienes creen y quien no cree, que no puede existir sin un sabio fruto, a lo que el hombre de bata blanca y el juez de túnica deberán limitarse a contribuir sin más pretensiones, mirado con divertido sentimiento de lástima por todos aquellos que experimentan la naturaleza en primera persona, porque todos estamos en el entorno. , nadie excluido, como los cazadores.