CAZA: Hon. Paolo Bartolozzi en su actividad como parlamentario europeo participó, como miembro, en los trabajos del Intergrupo “Caza sostenible, biodiversidad y actividades rurales”, uno de los primeros y mayores intergrupos del Parlamento Europeo.
Renovado para la actual legislatura en 2009, el intergrupo "caza, pesca y medio ambiente" tiene como objetivo principal la defensa de las tradiciones cinegéticas europeas y la gestión equilibrada de los recursos medioambientales, pesqueros y faunísticos en los Estados miembros, incluidos los temas más seguidos por se trata de la gestión de la vida silvestre y los bosques, la conservación del medio natural, la pesca deportiva, la silvicultura y el impacto de las reformas y políticas agrícolas en la biodiversidad. Gran parte de la actividad cinegética está regulada por la normativa europea y la Excma. Paolo Bartolozzi siempre se ha comprometido a apoyar y defender la causa común de los cazadores europeos.
A continuación, se muestran dos ejemplos de los problemas que abordó:
La Directiva 2009/147 / CE (más conocida como la "Directiva de Aves"), es el pilar normativo al que todos los estados miembros de la Unión Europea deben referirse en la emisión de sus actos legislativos y medidas administrativas sobre la gestión de la fauna silvestre y caza. Durante la legislatura que se está completando se han producido numerosos ataques por parte de diversas organizaciones animal-medioambientales para modificar la Directiva 2009/147 / CE en un sentido más restrictivo en lo que respecta al ejercicio de las actividades cinegéticas en Europa. A pesar de todos estos intentos, la delegación italiana del PPE al Parlamento Europeo, dentro de la cual el Excmo. Paolo Bartolozzi - siempre ha sabido rechazar cada uno de estos ataques, confirmando la plena vigencia de una legislación europea que ha permitido - y sigue permitiendo - a todos los Estados miembros permitir el ejercicio de actividades cinegéticas, ciertamente en cumplimiento de las Directivas comunitarias, pero sobre todo respetando las tradiciones cinegéticas existentes en todos los países miembros de la UE.
Lamentablemente Italia, al transponer la Directiva comunitaria, ha aplicado la normativa europea de forma excesivamente restrictiva, prueba de ello es que la ley estatal n. 157/92 sigue siendo la legislación estatal más restrictiva (tanto en términos de tiempo como de especies que se pueden cazar) entre todos los países miembros de la Unión Europea. Un ejemplo sobre todo lo representa la obligación de dos días a la semana de absoluto silencio cinegético impuesta por la ley estatal 157/92 durante el período de apertura de la caza, restricción que no es similar en ningún otro país europeo. Baste pensar que Francia, país limítrofe con Italia, permite a través de su legislación nacional practicar la caza de un número de especies prácticamente el doble de lo permitido en Italia. Cabe señalar que todas las especies que se pueden cazar en Francia se consideran normalmente cazables por la Unión Europea.
Con la publicación de la “guía interpretativa de la directiva sobre aves”, la Comisión Europea ha aclarado aún más los métodos correctos de aplicación de la Directiva comunitaria, también en lo que respecta a la correcta aplicación del régimen de excepciones, previsto explícitamente en el art. 9 párrafo 1) de la Directiva 2009/147 / CE y se aplica en casi todos los países miembros de la Unión Europea. Sin embargo, en nuestro país existen asociaciones, políticos e instituciones públicas que muy a menudo se comprometen a "interpretar" las pautas de Europa en materia de actividad cinegética en un sentido restrictivo y opresivo. La defensa de estas importantes referencias legislativas europeas ha representado uno de los puntos más calificativos del compromiso del Intergrupo y sobre todo de los eurodiputados italianos más sensibles en materia de caza. La actividad de caza italiana ha sido recientemente objeto de un nuevo ataque.
La Comisión Europea, a raíz de una denuncia presentada por algunas organizaciones ecologistas de animales italianas, el 20 de febrero de 2014 con nota C (2014) 934, envió a las autoridades italianas una carta de notificación formal de conformidad con el art. 258 del TFUE que comunica la activación del procedimiento de infracción 2014/2006 relativo a la captura de aves para su uso como señuelos vivos de conformidad con la Directiva 2009/147 / CE. Esto puede significar el fin de las instalaciones de captura que permitían a los cazadores adquirir señuelos vivos a costos asequibles, limitando severamente el fenómeno del mercado negro de señuelos y también puede resultar en una fuerte sanción para Italia, si el gobierno italiano no presenta la documentación adecuada. a la Comisión Europea en el plazo de sesenta días, demostrando la falta de fundamento de los contenidos incluidos en la denuncia de los anti-cazadores italianos. Este es también uno de los muchos ejemplos de cómo los anti-cazadores continúan persiguiendo el objetivo de limitar la actividad de caza tanto como sea posible, un intento que debe encontrar la firme oposición de los diputados italianos en el Parlamento Europeo pero también de los representantes electos del Parlamento Europeo. Parlamento nacional.
En esta batalla el Excmo. Bartolozzi seguirá haciendo su parte, defendiendo con firmeza los derechos de todos los cazadores que, además de ciudadanos de la Serie A, son también los protagonistas más competentes en la correcta gestión del patrimonio natural y medioambiental en todos los países miembros de la Unión Europea. Los puntos clave sobre los que el compromiso de la Excma. Paolo Bartolozzi en la próxima legislatura del Parlamento Europeo para mejorar la normativa sobre las actividades cinegéticas y permitir que siga viva una tradición milenaria y poder involucrar a las mujeres y jóvenes que hoy se acercan cada vez más al mundo de la caza y la caza. protección de nuestro territorio.
Bruselas, 29 de abril de 2014