Octubre, el mes de los constructores de cobertizos
El período del 1 de octubre al 30 de noviembre comienza a principios de octubre. cobertizos para aprovechar los días adicionales. Por ley pueden llegar hasta dos, excluyendo obviamente siempre los martes y viernes. Lamentablemente, el decreto núm. 11044 del 20/7/2023 prevé, obviamente gracias al dictamen habitual de ISPRA, para Brescia el cuarto día semanal suplementario en el período del 1 de octubre al 30 de noviembre de 2023, por lo que ya esta semana del 25 de septiembre al 1 de octubre los cazadores pueden aprovecharlo. teniendo en cuenta que el cuarto día es únicamente el domingo 1 de octubre. El problema surgirá a finales de noviembre: el día 30 es efectivamente jueves y por tanto el cuarto día necesariamente caería el sábado 2 o el domingo 3 de diciembre, por lo que en la última semana de noviembre no será posible hacer 4 días, pero solo 3.
Demasiadas sanciones
Así, una vez más, a pesar de la disminución del número de cazadores, los propietarios de las cabañas de Brescia fueron penalizados. Sin que nadie pueda hacer nada de forma concreta, no con las habituales charlas y las habituales proclamas inútiles. Ningún acto formal, ninguna acción institucional por parte de los consejeros regionales, incluidos los concejales, elegidos también con los votos de los cazadores. Nada en absoluto. También llegó otra nota de la Región de Lombardía, de la que informamos detalladamente a continuación, sobre el muestreo de pato pato. “Para cada recogida de pato pato, además de la nota habitual en la tarjeta de caza, deberá comunicarse a la dirección de correo electrónico dentro del mismo día de la matanza. [email protected] indicando el número y sexo de los sujetos recolectados según lo exige el Plan Nacional de Manejo.
Colecciones de especies
También solicitamos, de forma colaborativa, la siguiente información útil desde el punto de vista de gestión: forma de caza practicada (rececho fijo o temporal con o sin señuelos vivos, otros), tipo de hábitat de muestreo (lago natural o artificial, cantera, tendido en el campo, río, otros) y las observaciones que se estimen oportunas. Se bloqueará la caza de la especie si se alcanza el límite máximo de captura regional indicado anteriormente. (recuerde que la bolsa máxima por cazador es igual a 2 artículos diarios y 10 artículos de temporada)” (fuente: FIDC Brescia).