La Anpam participó en los trabajos de la COP11 en Ecuador tratando de limitar el daño de un movimiento que, hasta ahora, nunca ha enfrentado a la industria. El único resultado posible, y obtenido, es la fórmula amplia de la resolución final que obliga a los países miembros a proporcionar implementaciones a los lineamientos establecidos en el marco de la CMS.
Los trabajos de la 9a reunión de la Conferencia de las Partes (CMS - Conservación de Especies Migratorias de Animales Silvestres - COP11) celebrada en Quito (Ecuador), en la que elArchivo ANPAM finalmente ha podido participar activamente, interviniendo en las distintas jornadas de trabajo en representación de la industria de armas y municiones deportivas y civiles. En cuanto a la propuesta de prohibir el plomo de las municiones, a pesar de que el texto final de la propuesta ya había sido completado por el Comité Científico de la CMS el pasado mes de julio en Bonn (Alemania), se puede decir que gracias a la intensa actividad desarrollada por ANPAM, en conjunto con su propia red europea (AFEMS e IEACS, federaciones industriales y representantes de cazadores), fue posible obtener una modificación de última hora del artículo 1 del proyecto de resolución, que atribuye a los Estados participantes la facultad de determinar si y en qué medida implementar estas recomendaciones, atenuando considerablemente la prescripción sobre la eliminación gradual del plomo de las municiones en el ejercicio de las actividades cinegéticas en los próximos tres años.
El Director deArchivo ANPAM - Mauro Silvis - durante el trabajo de la COP11 pudo resaltar formalmente cómo las propuestas y resoluciones en discusión se habían alcanzado sin la participación previa del sector y sin tomar en cuenta algunas consideraciones técnicas importantes. También se destacó que no se llevó a cabo una evaluación del impacto que tendrá la decisión de prohibir el plomo en municiones deportivas y civiles a nivel económico y ocupacional.
Finalmente, es sorprendente cómo tanto la CMS como los representantes gubernamentales de los Ministerios de Medio Ambiente de los Estados miembros de Europa no han tenido en cuenta el hecho de que, en el contexto de la aplicación del Reglamento REACH (Registro, Evaluación, Autorización y Restricción de Sustancias Químicas), la Comisión Europea ya se ha embarcado en un camino para evaluar el impacto del uso de plomo en municiones de caza desde hace algún tiempo, con el apoyo de la experiencia científica de la Agencia Europea de Químicos (ECHA), que no ha llevado a cualquier solicitud de limitación de dicho uso.
Durante los próximos tres años, con la oportunidad de participar finalmente activamente en la discusión, elArchivo ANPAM tratará de sacar a relucir las consideraciones técnicas y científicas que no se han escuchado hasta ahora.
Roma, 11 de noviembre de 2014
Archivo ANPAM