laAtc Pesaro 1 tras el comunicado de prensa publicado el viernes pasado en el sentencia del alquitrán del que ya les habíamos informado, anuncia el llamamiento al Consejo de Estado. El ATC PS1, en relación con la sentencia TAR Marcha 44/2019, considera que el problema de la competencia del juez administrativo y las normas públicas a seguir por esta Asociación Privada en la gestión de las relaciones jurídicas merece un mayor estudio. Los ATC de Las Marcas son organismos de carácter privado por derecho regional. e incluso cuando desarrollan iniciativas relacionadas con la actividad cinegética, nunca realizan actividades de carácter publicitario, que siguen siendo de total competencia exclusivamente Regional o Provincial.
Dado lo anterior, la solución propuesta por el TAR de las Marcas sigue siendo cuestionable sobre todo porque hace la valoración de los límites de la jurisdicción civil o administrativa y de los reglamentos, de derecho público o civil, a ser adoptados en cada uno de los actos individuales a ser emitidos por el ATC. Por estas razones, ATC PS 1 evaluará, también dado el hecho de que la decisión Tar Marche 41112019 fue adoptada con una fórmula corta de conformidad con el art. 60 CPA, para someter esta decisión a la evaluación del Honorable Consejo de Estado, juez de apelación.